SEGOVIA CARLOS ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSeS solicitando la redeterminación del haber inicial y el pago de retroactivos previsionales, incluyendo actualización de la PBU y declaración de inconstitucionalidad de topes legales. El Juzgado Federal hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó el reajuste de haberes con actualizaciones y retroactividades desde el 26/10/2023, diferió la actualización de la PBU para ejecución y declaró inconstitucional el art. 9 inc. 3 de la ley 24.463 en los términos indicados.
¿Quién es el actor?
SEGOVIA CARLOS ANTONIO.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Redeterminación del haber inicial previsional, pago de retroactivos, actualización de la PBU, declaración de inconstitucionalidad de topes legales y reclamo por incorporación de bonos otorgados por el PEN.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se ordenó reajustar los haberes de la parte actora conforme a los considerandos, con sus actualizaciones y retroactividades; se diferenció para la etapa de ejecución la cuestión de actualización de la PBU conforme al índice y metodología del considerando II; se desestimaron los planteos sobre arts. 9, 24, 25 y 26 de la ley 24.241 en los alcances explicados; se declaró la inconstitucionalidad del art. 9 (inc. 3) de la ley 24.463 en los términos fijados; se rechazó el reclamo respecto de incorporar bonos del PEN a los haberes que superan el mínimo; se negó la excepción de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037; y se ordenó pagar las diferencias desde la fecha de ingreso a la pasividad (26/10/2023) con intereses y en el plazo del art. 22 de la ley 24.463 mod. por ley 26.153. Las costas se imponen a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
II.
- "En cuanto a la actualización del componente PBU, sin perjuicio de dejar a salvo el criterio que venía sosteniendo en cuanto a que el índice a aplicar para la actualización de dicho componente era el del salario básico de la industria de la construcción (ISBIC), toda vez que las tres Salas de la Alzada se han expedido en forma unánime, por razones de economía procesal deberá actualizarse el valor del AMPO/MOPRE según el índice del precedente de la CSJN 'Badaro'. ... Ahora bien, si bien me he expedido respecto al método para verificar si es o no confiscatoria la actualización de la PBU ... un nuevo análisis de la cuestión me lleva a modificar dicho método, diferido para la etapa de ejecución de la sentencia firme. ... En el supuesto en que dicho porcentaje supere el 15% corresponderá abonar la PBU reajustada, al acreditarse la confiscatoriedad requerida ... declarándose a esos efectos la inconstitucionalidad del art. 20 de la ley 24.241, modificado por ley 26.417."
VII.
- "Por ello, y por razones de economía procesal, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3 de la ley 24.463 para el supuesto en que en la etapa de liquidación se acredite una disminución en el haber recalculado conforme a las pautas que se ordenan en la presente, que resulte confiscatoria, teniendo en cuenta para ello la pauta de confiscatoriedad contemplada por la CSJN in re 'Actis Caporale, Loredano Luis Adolfo...' sent. del 19/8/99 ..."
IX.
- "Las diferencias generadas deberán abonársele al actor sin merma alguna. ... Por otra parte, autorizar una quita en la movilidad que se reconoce resultaría contradictoria, admitiendo un reajuste por un lado y deduciendo sumas por el otro, reduciendo indebidamente la prestación. En definitiva, a mi juicio toda quita traería como consecuencia que el actor quedará privado de una porción de sus haberes sin causa legal, configurándose una nueva confiscación."
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia en el documento; la Parte Resolutiva final integra la decisión del Tribunal.
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