MONTENEGRO NORMA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo previsional por reajustes de haberes y actualización de la Prestación Básica Universal (PBU). La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado y ordenó reajustar el haber previsional de la actora a enero de 2021, confirmando los demás extremos y diferiendo para ejecución el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 y de los bonos.
¿Quién es el actor?
MONTENEGRO NORMA BEATRIZ.
¿A quién se demanda?
ANSeS (organismo previsional).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios del haber previsional, incluyendo actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y declaraciones de inconstitucionalidad de normas y decretos relacionados con la movilidad y bonos extraordinarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada y, en consecuencia, ordenó al organismo demandado que reajuste el haber previsional de la actora a enero de 2021 con la diferencia entre lo percibido por los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y la movilidad que le hubiese correspondido de haberse aplicado la ley 27.426, tomando desde febrero y en adelante la movilidad contemplada en la ley 27.609; confirmó la sentencia en lo demás; diferió para la etapa de ejecución el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609, de los bonos de refuerzo extraordinario y del precedente “Villanustre”; impuso costas a la demandada y reguló honorarios conforme ley 27.423.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia):
“En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSeS y se confirma el diferimiento dispuesto en la instancia de grado.”
“En consecuencia, se confirma el índice establecido en la instancia de grado.”
“En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc 3) de la Ley 24.463 (conf Fallo: CSJN "Rapisarda José León c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, Sent. Fecha 06/08/2015, R. 680. XLVI. RHE) en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente
- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado.”
“En lo que respecta al planteo de inconstitucionalidad referido a la ley 27.609, y los bonos de refuerzo extraordinarios otorgados por el PEN, este Tribunal se pronunció en los autos: : ‘WALD ALICIA GRACIELA c/ANSeS s/REAJUSTES VARIOS’ Expte. Nº 26695/2024, sent. Fecha 19/08/2025, a cuyos fundamentos corresponde diferir su tratamiento para la etapa de ejecución.”
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia que modifiquen la parte resolutiva; la decisión surge del acuerdo de la mayoría (firmas de Dorado, Fantini y Carnota).
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