CALA DONATO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamaron reajustes varios de haberes previsionales y la forma de actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, diferenció el tratamiento del art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución y confirmó lo demás, imponiendo costas a ANSeS y regulando honorarios a favor de la actora.
¿Quién es el actor?
Cala Donato.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales; cuestionamiento del método de actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial, aplicación de índices (ley 27.260 / DNU 807/2016 / Resolución ANSeS 56/2018), actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), validez de leyes y decretos (p. ej. ley 27.541), aplicación de topes (ley 24.463), impuesto a las ganancias, aportes autónomos, prescripción e intereses.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, revocó parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos; difirió el tratamiento del art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución; confirmó el pronunciamiento apelado en lo demás; impuso las costas de ambas instancias a la demandada; reguló honorarios a favor de la representación letrada de la actora (30% de lo que se fije por su labor en primera instancia más IVA) y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del voto mayoritario):
- "Razones de economía procesal aconsejan remitirse a dichos precedentes a fin de evitar un dispendio jurisdiccional innecesario, por lo que corresponde ratificar lo resuelto por el a quo en torno a la actualización de las remuneraciones consideradas para el cálculo de la PC y PAP, con arreglo al índice que contempla la Resolución 140/95 de la ANSeS."
- "En consecuencia, corresponde confirmar lo decido por el juez de grado."
- "Incurre en reformatio in peius el pronunciamiento que coloca a los únicos apelantes en peor situación que la resultante de la sentencia recurrida, lo que constituye una violación directa e inmediata a las garantías de defensa en juicio y de propiedad (CSJN Fallos T325 P3318)."
- "Difiérase el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia, momento procesal en el cual se estará en condiciones de apreciar y constatar, con el debido rigor judicial, la existencia de un eventual perjuicio concreto derivado de su aplicación, permitiendo así una valoración precisa de sus efectos en el caso en cuestión."
- "En el marco de lo resuelto por la CSJN en autos: 'Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo', Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, a cuyos argumentos me remito en honor a la brevedad, corresponde revocar la imposición de costas e imponerlas a la demandada vencida (art. 36 Ley 27.423)."
Votos en disidencia: No existe voto que haya quedado en disidencia respecto de lo resuelto por la mayoría; los votos adherentes integran la solución mayoritaria. (El Dr. Fantini adhirió con excepción sobre la recomposición de enero-febrero 2021 y expresó su posición respecto de ese punto en sus fundamentos, integrando el acuerdo que revoca parcialmente la sentencia.)
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