BAUER MARIA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó la recalculación y pago retroactivo de su haber previsional por reajustes y movilidad. El Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo parcialmente lugar a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada y ordenó a ANSeS abonar el haber recalculado y los retroactivos conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles, difiriendo el tratamiento de inconstitucionalidades para ejecución.
¿Quién es el actor?
Bauer María Cristina.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajuste y movilidad del haber previsional (re-determinación de PBU, Prestación Compensatoria -PC
- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), actualización de remuneraciones sujetas a aportes y contribuciones para el cálculo del haber inicial, y planteos de inconstitucionalidad de normas de las leyes 24.241 y 24.463 (y normas reglamentarias).
¿Qué se resolvió?
Se hizo parcialmente lugar a la demanda, dejando sin efecto la resolución impugnada; se ordenó a ANSeS abonar a la actora el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas establecidas en el decisorio dentro de 120 días hábiles a partir de que la sentencia quede firme; se difirió el tratamiento de las inconstitucionalidades para la etapa de ejecución; las sumas deberán abonarse íntegramente sin quita, sin poder exceder los porcentajes establecidos en las leyes de fondo; se impusieron las costas a ANSeS; y se difirió la regulación de honorarios para la etapa de ejecución (texto del fallo).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) "En consecuencia, de conformidad al criterio uniforme de las tres Salas de la Exma. Cámara de Apelaciones del Fuero, la PBU habrá de ser determinada en función del guarismo que resulte de actualizar del último valor publicado del MOPRE ($80), utilizando el índice dispuesto por el Máximo Tribunal en el precedente “Badaro”, -por el período comprendido entre el 1 de enero de 2002 y 31 de diciembre de 2006-, y con posterioridad -en caso de corresponder
- los aumentos generales de ley hasta la fecha de adquisición del beneficio (Conf. Sala I CFSS 65507/2018 “Soriano, Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios”, Sentencia Interlocutoria de fecha 6.10.2022, Sala II CFSS 3208/2017 “Santiago, Fermín Antonio c/ Anses s/ Reajustes Varios”...)."
2) "Acorde con dicha doctrina, corresponde redeterminar el haber inicial del recurrente, tomando en cuenta la totalidad de los años con aportes acreditados, debidamente actualizados por el organismo previsional al momento de la solicitud de la prestación."
3) "Por todo lo expuesto, y citas legales invocadas; RESUELVO: 1) Hacer parcialmente lugar a la demanda interpuesta por la parte actora dejando sin efecto la resolución impugnada; 2) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio dentro del plazo de 120 días hábiles, a partir de que la sentencia quede firme..." (bloque dispositivo).
- Disidencias: no constan votos en disidencia; la sentencia es dictada por la Dra. Karina Alonso Candis en primera instancia y la parte resolutiva final es la que se aplica.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: