Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GUTIERREZ VERA, NEMESIO s/MUERTE POR CAUSA DUDOSA QUERELLANTE: MOLINA, JESSICA SOLEDAD
La Cámara Nacional de Casación rechazó los recursos de casación de la querella y de la fiscalía contra la sentencia absolutoria de Nemesio Gutiérrez Vera. La Sala 1 confirmó la absolución y la regulación de honorarios y costas, en tanto rechazó además el pedido de embargo de la querella por falta de mérito probatorio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Querellantes Sandra Rosana Moya y Alejandro Rafael Molina (representados por la Dra. Dolores G. López) y el Ministerio Público Fiscal (Fiscal General Dra. Ana Helena Díaz Cano) en sus respectivos recursos.
Demandado: Nemesio Gutiérrez Vera (imputado).
Objeto: Recursos de casación contra la sentencia del TOyCC N°24 que absolvió a Gutiérrez Vera de homicidio simple y homicidio culposo, impugnando la valoración de la prueba, pidiendo condena por homicidio (doloso o culposo), costas, embargo por $100.000.000 (luego $150.000.000) y modificación de la regulación de honorarios de la querella.
Decisión: Se rechazaron los recursos de casación presentados por la querella y por la fiscalía y se confirmaron los puntos I (absolución), II (costas en el orden causado) y III (regulación conjunta de honorarios por 55 UMAS) de la sentencia impugnada, se distribuyeron por su orden las costas de alzada, se encomendó al juez de grado que precise el porcentaje que corresponderá a cada profesional (art. 14 ley 27.423) y se rechazó el pedido de embargo presentado por la querella.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes):
"Por dichas razones, me inclino por rechazar los recursos de casación presentados tanto por la acusación particular como por la fiscalía y confirmar la sentencia impugnada, en cuanto ha sido materia de agravio."
"En definitiva, pienso que la sentencia debe ser considerada un acto jurisdiccional válido, que representó una derivación razonada del derecho vigente, según las constancias comprobadas de la causa."
"En definitiva, pienso que, sobre esas bases, ha quedado claro que el juez no incurrió en arbitrariedad alguna cuando presentó las dudas que le dejó el caso, en orden a la acabada acreditación de una conducta imprudente por parte del acusado Gutiérrez Vera."
Respecto de costas y honorarios: "me inclino por homologar el punto dispositivo II del fallo... y, en cuanto al punto III, me inclino por confirmar lo resuelto en el punto III del fallo... encomendarle al juez de grado que precise el porcentaje que le corresponderá a cada profesional, según lo previsto en el art. 14 de la citada ley."
Sobre embargo: "Finalmente, en cuanto al pedido que trae la querella, en orden a que se trabe un 'embargo efectivo sobre los bienes de Nemesio Gutierrez Vera por la suma de $ 100.000.000' -monto que luego aumentó en un cincuenta por ciento-, estimo que, en función del modo en que se resuelve, debe ser desestimado."
- Votos: El voto que encabeza el acuerdo (Dr. Divito) expone el análisis extenso y propone la resolución; los Dres. Bruzzone y Rimondi adhieren "en lo sustancial". No hubo disidencia.
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