MACAGNO OSVALDO OSCAR Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Ex agentes civiles de la Secretaría de Inteligencia reclamaron la incorporación a sus haberes pasivos de sumas equivalentes a los adicionales previstos por decretos 1782/06, 871/07, 1053/08 y 751/09 y sus actualizaciones. El Juzgado Federal hizo lugar a la excepción de prescripción y rechazó la demanda por pretensiones prescritas, imponiendo costas en el orden causado y regulando honorarios.
¿Quién es el actor?
MACAGNO OSVALDO OSCAR; RAMOS MIGUEL ÁNGEL; LOPEZ PATRICIA INÉS (ex agentes civiles de la Secretaría de Inteligencia de Presidencia de la Nación).
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal (Estado Nacional).
- Objeto de la demanda: Incorporación al sueldo de los haberes de pasividad, como asignaciones remunerativas y bonificables, de las sumas resultantes de la aplicación de los decretos 1782/06, 871/07, 1053/08 y 751/09 (adicionales transitorios y sus modificaciones) y el pago de las diferencias retroactivas, más intereses y costas. Se alegó además la inconstitucionalidad del decreto 1386/06.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la excepción de prescripción opuesta por la demandada y, por ello, se rechazó la demanda interpuesta por los actores; se impusieron las costas en el orden causado y se reguló honorarios por $449.375 a favor de la representación letrada de la parte actora.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"Que la demandada ha opuesto la excepción de prescripción, debiendo señalarse que la ley 23.627 determina la imprescriptibilidad del derecho al beneficio (art. 1), pero establece la prescripción de uno o de dos años de las prestaciones periódicas que se vayan devengando (art. 2), discriminándolas respectivamente, según se trate de las anteriores o posteriores a la solicitud del beneficio por el interesado."
"Tratándose en autos de un caso de reajuste solicitado con posterioridad al otorgamiento del beneficio, tal como señala la parte actora al contestar la defensa, el plazo de prescripción aplicable para regir el pago de los haberes resulta ser de dos años, contados en estos autos desde la fecha de presentación del reclamo administrativo y hasta la vigencia del decreto 103/03 (criterio de la Sala I de la Excma Cámara del fuero en autos “Musto, Rubén Nicolás c/ Caja de retiros, jubilaciones y pensiones de la Pol. Fed. S/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.”, Sent def. N 81.484 del 20/5/99)."
"En el caso, se advierte que los actores han formulado el reclamo administrativo con fecha 27/09/2017 por lo que las diferencias reclamadas se encuentran prescriptas, teniendo en cuenta que a partir del mes de agosto de 2012, los adicionales reclamados fueron suprimidos por los referidos decretos 1305/12 y 1306/12."
- Votos en disidencia: No se registra voto en disidencia; la sentencia es dictada por la Jueza Federal Subrogante VALERIA A. BERTOLINI.
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