TROIANO CLAUDIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda contra ANSeS para el recalculo y reajuste de su haber jubilatorio obtenido bajo la ley 24.241 y la declaración de inconstitucionalidad de limitaciones por topes. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó a ANSeS redeterminar y reajustar el haber conforme a las pautas fijadas, declaró inconstitucionales art.26 L.24.241 y art.9 L.24.463 si producen merma superior al 15%, admitió la excepción de prescripción y condenó al pago de diferencias desde el 19/06/2022 con intereses.
¿Quién es el actor?
Troiano Claudia.
¿A quién se demanda?
A.N.Se.S. (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajuste y recálculo del haber jubilatorio inicial otorgado al amparo de la ley 24.241 —cuestionando actualización de remuneraciones computadas, la aplicación de pautas de movilidad, topes máximos y solicitando pago de retroactivos con intereses—; además impugnación de diversas normas por inconstitucionalidad.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se ordenó a ANSeS redeterminar y reajustar el haber inicial según las pautas establecidas en la sentencia; se hizo lugar a la excepción de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037; se declaró la inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241 y del art. 9 de la ley 24.463 para el caso en que su aplicación provoque una merma superior al 15% del haber; se ordenó pagar a la actora las diferencias con intereses desde el 19/06/2022; costas a la demandada; y se diferenció la regulación de honorarios para la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"III.
- Con relación a la Prestación Básica Universal, ... la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dispuesto la aplicación del precedente 'Quiroga, Carlos Alberto c/Anses s/Reajustes Varios', sentencia del 11/11/2014 ... de lo que se colige que se ha contemplado la posibilidad de actualización de la referida prestación en cualquiera de esos casos, criterio con el que concuerdo..."
"En virtud de lo anterior, a fin de evitar un dispendio jurisdiccional, estimo adecuado aplicar la referida doctrina y ordenar la actualización de la PBU de acuerdo con el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el citado fallo 'Badaro' ... Luego, se determinará qué incidencia porcentual tiene la eventual merma de la PBU en el haber inicial total ... En el supuesto en que dicho porcentaje supere el 15% corresponderá abonar la PBU reajustada al acreditarse la confiscatoriedad requerida (conf. 'Actis Caporale ...' sent. del 19.AGO.1999)."
"IV.
- ... Corresponde respetar los lineamientos del Superior impartidos al respecto, para lo cual el organismo deberá indicar: a) ... b) ... c) ... d) ... Ese total deberá ser dividido por la cantidad de meses aportados a fin de determinar el haber mínimo promedio efectivamente aportado. ... En caso de que el haber inicial recalculado arroje una suma inferior a la determinada por el organismo, deberá estarse a esta última, de modo que la mayor de ambas será la base de la movilidad a calcular."
"VII.
- Respecto del planteo referido al máximo de 35 años ... resulta abstracto expedirme al respecto." (sobre tope de años)
"VII.
- Respecto del planteo de inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463, reiteradamente se ha convalidado la razonabilidad del sistema de topes máximos, pero sólo en la medida en que su aplicación no implique una merma en el haber previsional, entendiendo que han quedado a resguardo los derechos del jubilado en caso de comprobarse la existencia de aquella circunstancia fáctica al tiempo de ser practicada la liquidación de la sentencia ... Por ello, y por razones de economía procesal, corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 9 inciso 3° de la ley 24.463 para el supuesto en que en la etapa de liquidación se acredite una disminución ... que resulte confiscatoria..."
"VIII.
- ... corresponde desestimar en el caso de autos el reclamo en concepto de daño moral."
"XIV.
- Con relación a la excepción de prescripción, corresponde su admisión con relación a los créditos originados con anterioridad a los dos años previos a la interposición del reclamo administrativo de reajuste de haberes (conf. art.82 de la ley 18.037)..."
Además de lo precedente, la parte dispositiva ordena el pago de las diferencias con intereses desde el 19/06/2022 y dispone costas a la demandada (art. 36 ley 27.423).
- Disidencias relevantes: no se registran votos ni disidencias en autos; la decisión corresponde al Juzgado que firma la sentencia.
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