CORDOBA JUAN FRANCISCO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a la ANSES solicitando el recálculo y reajuste de su haber previsional por retiro por invalidez. El Juzgado Federal de la Seguridad Social rechazó la demanda por falta de acreditación del perjuicio concreto y declaró abstractos varios planteos de inconstitucionalidad; impuso costas por su orden y reguló honorarios en $462.410.
¿Quién es el actor?
JUAN FRANCISCO CORDOBA.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Que se deje sin efecto la resolución que denegó el reajuste de haberes, ordenando el recálculo, liquidación y pago de las diferencias del haber previsional (reajuste del haber inicial y aplicación de movilidad).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda interpuesta por JUAN FRANCISCO CORDOBA contra la ANSES. Se impusieron costas por su orden y se regularon los honorarios de la representación letrada de la parte actora en la suma de $462.410 (equivalente a 5 UMA según Resol. 538/26). Regístrese, notifíquese y publíquese.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo):
"Ahora bien, del análisis de autos se desprende que la parte actora obtuvo un Retiro por Invalidez a la luz de lo dispuesto en el art. 17 de la ley 24.241 ..., habiendo adquirido el derecho al beneficio el 15/04/2021, acreditando prestación de servicios dependientes; resultando de aplicación lo dispuesto en los arts. 95, 97 y concordantes de la ley 24.241."
"Establecidos los índices de actualización por la autoridad competente para ello (Poder Legislativo), es de destacar que en el planteo de inconstitucionalidad de la norma formulado por la parte actora, ésta no acredita el perjuicio concreto que, a su entender, su aplicación le ocasiona. Asimismo, resultan muy genéricas las alegaciones que efectúa. Ambos extremos impiden el tratamiento de la cuestión planteada."
"En cuanto al planteo de inconstitucionalidad del art. 14 de la Res. SSS 6/9 ... su tratamiento deviene abstracto."
"A mayor abundamiento, corresponde destacar que no resulta suficiente invocar el menoscabo de un derecho, sino que ello debe estar reflejado de manera clara y precisa en el escrito de demanda. No obstante ello, en su presentación, las exposiciones de la actora resultan a todas luces genéricas e insuficientes y no logran el cometido de demostrar mediante elementos fehacientes la veracidad de sus dichos, pues no realiza una concreta impugnación de la ley por la cual obtuvo el beneficio."
"Que, en atención a todo lo expuesto, la demanda así interpuesta no puede prosperar."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el expediente.
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