ROBLEDO AMALIA ISABEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional por la falta de movilidad de su prestación. El Juzgado hizo lugar parcialmente, declaró prescrita parte de la pretensión, ordenó recalcular y pagar el haber y retroactivos conforme a las pautas fijadas, diferiendo otros cuestionamientos para la ejecución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Robledo Amalia Isabel.
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
Objeto: Reajuste/actualización del haber previsional (PBU/PB y componentes: Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia), declaración de inconstitucionalidad de diversas normas (artículos de las leyes 24.241, 24.463 y normas reglamentarias) y pago de diferencias retroactivas.
Decisión: Se hace lugar parcialmente a la demanda; se hace lugar a la defensa de prescripción (art. 82 Ley 18.037) en los términos explicados; se ordena a ANSeS abonar el haber recalculado y los retroactivos conforme a las pautas del decisorio dentro de 120 días; se difiere el tratamiento del art. 9 de la ley 24.463 y la aplicación del fallo Lohle para la etapa de ejecución; se dispone que las sumas a favor del actor se abonen íntegramente, sin quita alguna; se impone las costas a la parte demandada; se difiere regulación de honorarios para la ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) "En relación a la cuestión de fondo, cabe recordar que en la determinación del haber mensual de la PBU no entran directamente en juego las remuneraciones del afiliado, sino que ésta está constituida por un monto fijo, determinado por el legislador en la ley 26.417 (B.O. 16/10/08)."
2) "ordénese la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) con el índice establecido en el precedente jurisprudencial: 'Badaro Adolfo Valentín' del 26.11.07 y luego los aumentos generales de ley y sus modificatorias, en la medida que la aplicación del mismo arroje una diferencia superior al 15% -respecto del monto total del haber
- y por la cual corresponde entonces se actualice la PBU y se proceda al pago de la misma."
3) "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto."
4) "Las diferencias a favor del actor deberán abonársele sin merma alguna. Esto así, de acuerdo a lo resuelto por el Alto Tribunal en la causa 'Pellegrini, Américo c/ Anses s/ reajustes varios' del 28.11.06 ... devienen perfectamente aplicables ... Por otra parte, autorizar una quita en la movilidad que se reconoce resultaría contradictoria, admitiendo un reajuste por un lado y deduciendo sumas por el otro reduciendo indebidamente su prestación."
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia en el decisorio aportado.
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