DE LAS CARRERAS MARCELO ESTEBAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional y la declaración de inconstitucionalidad de diversas normas de la ley 24.241 y 24.463. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró prescrita parte de la pretensión, ordenó recalcular y pagar el haber y retroactivos conforme las pautas fijadas y diferir para ejecución el análisis del art. 9 de la ley 24.463.
¿Quién es el actor?
Marcelo Esteban De Las Carreras (parte actora según carátula).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajuste y actualización del haber previsional (PBU, Prestación Compensatoria —PC— y Prestación Adicional por Permanencia —PAP—) y la declaración de inconstitucionalidad de diversas normas (arts. de la ley 24.241, 24.463 y normas reglamentarias), con reserva de caso federal.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la defensa de prescripción invocada por ANSES en los términos del art. 82 de la ley 18.037 y, en consecuencia, se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se ordenó a ANSES que abone al actor el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas fijadas en la sentencia dentro de 120 días; se difirió el examen del art. 9 de la ley 24.463 para la etapa de ejecución; y se dispuso que las sumas a favor del actor se abonen íntegramente, sin quita alguna. Se impusieron las costas a la demandada y se diferió la regulación de honorarios para la ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En relación a la cuestión de fondo, cabe recordar que en la determinación del haber mensual de la PBU no entran directamente en juego las remuneraciones del afiliado, sino que ésta está constituida por un monto fijo, determinado por el legislador en la ley 26.417 (B.O. 16/10/08)."
"ordénese la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) con el índice establecido en el precedente jurisprudencial: 'Badaro Adolfo Valentín' del 26.11.07 y luego los aumentos generales de ley y sus modificatorias, en la medida que la aplicación del mismo arroje una diferencia superior al 15% -respecto del monto total del haber
- y por la cual corresponde entonces se actualice la PBU y se proceda al pago de la misma."
"Acorde con dicha doctrina, corresponde redeterminar el haber inicial del recurrente, tomando en cuenta exclusivamente los últimos quince años con aportes acreditados, debidamente actualizados por el organismo previsional al momento de la solicitud de la prestación, procediendo luego a calcular el haber inicial conforme las pautas establecidas en el art. 24 inc. c) de la ley 24.241."
"El test de razonabilidad del art. 9 de la ley 24.463 lo diferiré para la etapa de ejecución de sentencia."
"Las diferencias a favor del actor deberán abonársele sin merma alguna. Esto así, de acuerdo a lo resuelto por el Alto Tribunal en la causa 'Pellegrini, Américo c/ ANSeS s/ reajustes varios' del 28.11.06 (...) Ello asi, en el entendimiento que ni la ley 24.241 ni en su modificatoria la ley 24.463, en lo que aquí interesa, se advierte norma alguna que autorice dichas mermas."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el decisorio analizado.
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