ALVAREZ OLGA MABEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSeS solicitando la redeterminación y reajuste de su haber jubilatorio y el pago de diferencias retroactivas. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda, ordenó recalcular el haber según las pautas fijadas y el pago de retroactividades desde el 27/09/2022, declaró aplicable la excepción de prescripción y, para el caso de merma superior al 15%, declaró la inconstitucionalidad parcial de normas que limitan haberes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ÁLVAREZ, Olga Mabel (parte actora).
Demandado: A.N.Se.S. (Administración Nacional de la Seguridad Social).
Objeto: Redeterminación y reajuste del haber jubilatorio inicial otorgado conforme ley 24.241 por presunta incorrecta actualización de remuneraciones computadas; aplicación de pautas de movilidad; pago de diferencias retroactivas con intereses; impugnación de topes máximos y demanda de inconstitucionalidad de normas que reducen el haber.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se ordenó a ANSeS redeterminar y reajustar el haber inicial conforme a las pautas fijadas en los considerandos y pagar las diferencias retroactivas con interés desde el 27/09/2022 (dos años anteriores al reclamo administrativo). Se admitió la excepción de prescripción según art. 82 ley 18.037. Se declaró la inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241, del art. 9 de la ley 24.463 y del art. 79 de la ley 18.037 en el supuesto de que su aplicación provoque una merma superior al 15% respecto del haber recalculado. Se impusieron costas a la demandada y se diferenció la regulación de honorarios para la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"La cuestión a resolver se centra en determinar si la aplicación del método previsto por la referida ley y sus reglamentaciones ha asegurado, en el caso, la vigencia de las garantías contempladas por el art. 14 bis de la Constitución Nacional y en consecuencia, si procede o no la recomposición del haber previsional en los términos solicitados."
"En tal sentido, sin perjuicio del criterio que mantuve sobre el particular -de actualizar el valor del AMPO/MOPRE según el índice del salario básico de convenio de la industria y la construcción (ISBIC)-, lo cierto es que las tres Salas de la Excma. Cámara del fuero han unificado su posición sobre el punto, adoptando para la actualización de la PBU, el índice contemplado en el fallo de la CSJN 'Badaro Adolfo Valentín'..."
"En el supuesto en que dicho porcentaje supere el 15% corresponderá abonar la PBU reajustada al acreditarse la confiscatoriedad requerida (conf. 'Actis Caporale, Loredano Luis Adolfo C/INPS... ' sent. del 19.AGO.1999)."
"Que por ende, corresponde declarar la inconstitucionalidad de la mencionada norma [art. 26 ley 24.241] para el caso en que su aplicación conduzca a una merma en el haber jubilatorio de la parte actora que resulte confiscatoria..."
"A las diferencias generadas a favor de la parte demandante, se aplicarán intereses que se calcularán desde que cada suma fue debida y hasta su efectivo pago, conforme a la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. CSJN 'Spitale, Josefa Elida' ...)."
"Con relación a la excepción de prescripción, corresponde su admisión con relación a los créditos originados con anterioridad a los dos años previos a la interposición del reclamo administrativo de reajuste de haberes (conf. art.82 de la ley 18.037)."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en la parte dispositiva final; la resolución es dictada por la Jueza Federal Subrogante y consta como fallo de instancia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: