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FILIPPAZZO ERNESTO ROBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a la ANSeS por reajustes de haberes previsionales y por la inconstitucionalidad de topes y normas reglamentarias. El Juzgado federal hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de los topes, ordenó a ANSeS a proceder en 120 días desde la sentencia firme, declaró inconstitucional el art. 14.2 de la Res. SSS 6/09 y reguló costas y honorarios.

Anses Reajustes previsionales Ley 24.241 Tope de haber Prestacion compensatoria Inconstitucionalidad Resolucion sss 6/09 art.14.2 Intereses Prescripcion Costas y honorarios

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Filippazzo Ernesto Roberto (parte actora). Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Objeto: Reajuste de haberes previsionales asignados por ANSeS en el marco de la ley 24.241; se impugnan topes y normas (incluye planteos de inconstitucionalidad de artículos de la ley 24.241, de la ley 24.463 y del art. 14.2 de la Resolución SSS 6/09), y se pide condena al pago de diferencias. Decisión: Se hace lugar parcialmente a la demanda en particular sobre los topes tratados; se ordena a ANSeS a que, en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme en autos, proceda conforme lo dispuesto; los haberes modificados deberán abonarse dentro de ese plazo; para el cómputo de acreencias retroactivas el organismo deberá contemplar los intereses fijados y la prescripción; costas a ANSeS (art. 36 ley 27423); regulan honorarios de la Dirección Letrada (15% del importe del crédito que resulte a favor del reclamante). Se declaró inconstitucional el art. 14.2 de la Res. SSS 6/09 y se dejó el análisis de la posible confiscatoriedad del art. 26 de la ley 24.241 para la liquidación y ejecución, considerando merma superior al 15% como umbral para examinar inconstitucionalidad (según Actis Caporale).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes): "Sobre el pedido de inconstitucionalidad del art. 14.2 de la Resolución SSS 6/09, debo decir que el artículo que reglamenta – 24 de la ley 24.241
- norma la determinación de la prestación compensatoria calculándola \"...sobre el promedio de las remuneraciones sujetas a aportes y contribuciones actualizadas y percibidas durante el período de 10 años inmediatamente anterior a la cesación del servicio\". Ahora bien, el artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09 dispone que: \"…las remuneraciones actualizadas no deberán superar el monto máximo de la base imponible establecida en el artículo 9º de la ley 24.241, vigente a la fecha de cesación de servicios entendida en los términos definidos en el apartado 1\". Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaro inconstitucional en este acto." "En virtud de lo allí dispuesto, corresponde un análisis numérico actuarial para conocer el porcentaje exacto de confiscatoriedad que podría, o no, existir en autos. Por ello resulta ajustado a derecho diferir su tratamiento para el momento de practicarse liquidación, esto es en la etapa de ejecución de sentencia, en donde toda merma superior al 15% ameritara analizar la declaración de inconstitucionalidad del artículo cuestionado, (conforme los lineamientos del fallo “Actis Caporale”, sentencia dictada por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación el 19/8/1989)."
- Disidencias: No se consignan votos concurrentes o disidentes; la parte resolutiva final es la decisión vinculante.

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