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Incidente Nº 1 - IMPUTADO: LÓPEZ CASTAÑEDA, LUIS FERNANDO s/INCIDENTE DE EXTRAÑAMIENTO

La defensa solicitó el extrañamiento del condenado Luis Fernando López Castañeda y el Tribunal Ordinó su expulsión a Colombia. La Cámara (Tribunal Oral Penal Económico N°1) hizo lugar al pedido, requirió a Migraciones su ejecución inmediata y diferirió la declaración de extinción de la pena hasta el vencimiento el 14/07/2028, condicionada a la prohibición de reingreso.

Extranamiento Expulsion Ley 25.871 Art. 64 Direccion nacional de migraciones Extincion de la pena Prohibicion de reingreso Cumplimiento temporal Tribunal oral penal economico Condenado extranjero

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La defensa técnica de Luis Fernando López Castañeda solicitó el extrañamiento. Demandado: Se tramita el incidente ante el Tribunal Oral en lo Penal Económico N°1; se requirió la intervención de la Dirección Nacional de Migraciones y del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para efectivizar la expulsión. Objeto: Se peticionó el extrañamiento/expulsión del condenado extranjero Luis Fernando López Castañeda (nacionalidad colombiana) con destino a la República de Colombia, en los términos del art. 17 y 64 inc. a) de la ley 25.871. Decisión: Se hizo lugar al extrañamiento de Luis Fernando López Castañeda, disponiéndose su expulsión a Colombia a partir de la fecha; se requirió a la Dirección Nacional de Migraciones para que adopte las medidas necesarias; se puso en conocimiento al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y a la representación consular de Colombia; se difirió la decisión sobre la extinción de la pena hasta su vencimiento (14/07/2028) mientras no se viole la prohibición de reingreso; y se ordenaron medidas administrativas en el establecimiento penitenciario para entrega de pertenencias y remisión de actas al Tribunal.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Que, mediante presentación digital de fecha 13 de marzo del año en curso, la Defensa de Luis Fernando LOPEZ CASTAÑEDA solicitó el extrañamiento de su defendido, con el objeto de que se efectivice su expulsión hacia la Republica de Colombia, en los términos del artículo 17, 64 inc. a) de la ley 25.871." "Que, en función de ello, este Tribunal requirió al Registro Nacional de Reincidencia, y al Departamento Interpol de la Policía Federal Argentina, y a la División Antecedentes de dicha fuerza, que informaran los antecedentes que pudieran registrar con relación a Luis Fernando LOPEZ CASTAÑEDA." "Que, en tales condiciones, se advierte que no existe obstáculo alguno para que se conceda el extrañamiento del condenado Luis Fernando LOPEZ CASTAÑEDA, con destino a la República de Colombia." "Que, por todo ello, es que se concederá el extrañamiento de Luis Fernando LOPEZ CASTAÑEDA, sin perjuicio de diferir la decisión final sobre la extinción de la pena impuesta hasta tanto opere su vencimiento, y en la medida en que no se viole la prohibición de reingreso al territorio nacional dispuesta a su respecto." Citas legales y jurisprudenciales invocadas: el tribunal recuerda requisitos del art. 64 de la ley 25.871 y cita precedentes de la Cámara Federal de Casación Penal (p. ej. Sala III, Reg. 562/18; Sala IV, Reg. 48/2014; Sala III, Reg. 2662/14).
- Votos en disidencia: no se advierte disidencia en el acuerdo; la resolución se encuentra firmada por el Juez de Cámara Ignacio C. Fornari y el Secretario.

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