COLINO CLAUDIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Colino Claudio demandó a la ANSeS solicitando el reajuste de sus haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables. El Juzgado Federal de la Seguridad Social Nº2 hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de los topes, ordenó a la ANSeS a ajustar y recalcular los haberes en 120 días desde la firmeza de la sentencia y rechazó el pedido relativo a suplementos extraordinarios, imponiendo costas a la ANSeS y regulando honorarios.
¿Quién es el actor?
COLINO CLAUDIO.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales (cálculo del haber inicial, Prestación Compensatoria, Prestación Adicional por Permanencia, inclusión de diversos rubros como SAC y suplementos) y declaración de inconstitucionalidad de normas y reglamentaciones vinculadas con topes y actualización; reserva del caso federal; condena al pago de diferencias.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda en particular respecto de los topes tratados; se ordenó a la ANSeS que en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme proceda conforme lo dispuesto; en su caso, los haberes modificados deberán abonarse dentro del mismo plazo; para el cómputo de acreencias retroactivas la ANSeS deberá contemplar los intereses fijados y la prescripción; se rechazó la pretensión relativa a los suplementos extraordinarios; en materia de inconstitucionalidades, el Tribunal remitió a lo expuesto en considerandos; costas a la ANSeS (art. 36 ley 27423); regulados honorarios de la Dirección Letrada de la parte actora (15% del importe del crédito que resulte a favor del reclamante en la liquidación).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
1) "RESUELVO: 1) Hago lugar parcialmente a la demanda interpuesta, en particular sobre los topes tratados y, en consecuencia, ordeno a la A.N.Se.S. a que en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme en autos -considerando que las actuaciones administrativas se encuentran en poder de la demandada
- proceda en la forma aquí dispuesta."
2) "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaro inconstitucional en este acto."
3) "Por ello resulta ajustado a derecho diferir su tratamiento para el momento de practicarse liquidación, esto es en la etapa de ejecución de sentencia, en donde toda merma superior al 15% ameritara analizar la declaración de inconstitucionalidad del artículo cuestionado, (conforme los lineamientos del fallo 'Actis Caporale')."
4) "Rechazar la pretensión relacionada con abonar al presentante los suplementos extraordinarios; ... 7) Costas a la ANSeS (art. 36 ley 27423). 8) Regúlanse de honorarios de la Dirección Letrada actuante por la parte actora ... en el 15% del importe del crédito que por todo concepto resulte en favor del reclamante ..."
- Votos en disidencia: no se consignan votos en disidencia; la parte resolutiva final (transcripta arriba) es la decisión del Tribunal.
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