CAMARGO LAURA ALICIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSeS solicitando el reajuste de sus haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas que fijan topes. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de los topes, ordenó a ANSeS a proceder a la liquidación en 120 días desde la firmeza y rechazó el pedido de pago de suplementos extraordinarios, difiriendo el examen de la Ley 27.609 para ejecución.
¿Quién es el actor?
CAMARGO LAURA ALICIA (parte actora).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales asignados por ANSeS en el marco de la ley 24.241; impugnación de topes y normas vinculadas; reclamación de diferencias y declaración de inconstitucionalidad de normas y reglamentos aplicables; petición de suplementos extraordinarios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de los topes tratados; se ordenó a ANSeS, dentro de los 120 días desde la existencia de sentencia firme, a proceder conforme lo dispuesto en la sentencia; se indicó que, de resultar modificados los haberes, deberán abonarse dentro del plazo señalado; se reguló el cómputo de acreencias retroactivas con intereses y según lo resuelto sobre prescripción; se difirió el tratamiento de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución; se rechazó la pretensión de abonar los suplementos extraordinarios; se impusieron costas a ANSeS (art. 36 ley 27423) y se regularon honorarios a favor de la Dirección Letrada actora (15% sobre el crédito que resulte).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
1) "En tal estado, la causa queda en estado de resolver. Consentido, pasa en la forma de estilo."
2) "Hago lugar a la [defensa de] prescripción... desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio."
3) "Respecto de la actualización de las remuneraciones para el cálculo del primer haber, la ley 27.426... ratifico su constitucionalidad, toda vez que el Congreso tiene la facultad de determinar los índices que considere más beneficiosos..." (considerando 5).
4) "En tal contexto... debe estarse a las disposiciones de la ley 27.609 -art. 4
- que contempla las pautas de actualización que habrán de tenerse en cuenta para la determinación del haber inicial." (considerando 5).
5) "Por otro lado, la parte actora pretende se ordene a la demandada el pago de los refuerzos previsionales... En tal contexto, la determinación de dichos destinatarios... se inscribe dentro de las atribuciones propias del Estado para diseñar e implementar políticas... La exclusión de quienes superan el umbral fijado por la normativa no puede reputarse arbitraria..." (considerando 10).
6) "El artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09 dispone que: '…las remuneraciones actualizadas no deberán superar el monto máximo de la base imponible establecida en el artículo 9º de la ley 24.241, vigente a la fecha de cesación de servicios entendida en los términos definidos en el apartado 1'. Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria... y lo declaro inconstitucional en este acto." (considerando 11).
7) "Por ello resulta ajustado a derecho diferir su tratamiento para el momento de practicarse liquidación, esto es en la etapa de ejecución de sentencia, en donde toda merma superior al 15% ameritara analizar la declaración de inconstitucionalidad del artículo cuestionado..." (sobre el art. 26 y la posible confiscatoriedad).
8) "Los intereses a aplicar se liquidarán conforme la tasa pasiva promedio mensual capitalizable que publica el Banco Central de la República Argentina..." (considerando 13).
- Votos en disidencia: No existen votos distintos en el decisorio único. No consta disidencia.
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