Incidente Nº 9 - DENUNCIADO: MUZZIO CANTOS, ANDREA FABIANA Y OTROS s/Audiencia de plazo de medida de coerción o cautelar (art. 223, 8vo. Párr, CPPF)
Prórroga solicitada por defensas y fiscal para continuar investigación y evitar juicio oral. El Juzgado autorizó 21 días hábiles más y prorrogó las medidas de coerción hasta el 20/05/2026 por considerarla razonable conforme al art. 115 del CPPF.
- Actor (quién peticiona): Las defensas de los imputados (Fabiana Andrea Muzzio Cantos; Martin Hernán Baronio Gambino; Ezequiel Alejandro Ismael Suárez; Francisco José Pacheco Valdés; Rocío Ayelén Gorostiague —Defensor Oficial—; y Sofía Yanina Funes, representada por Dr. Raúl Ricardo Sánchez) y la Fiscal Subrogante Dra. María Eugenia Abihaggle, que actuaron en forma conjunta.
¿A quién se demanda?
Los imputados indicados en la causa FMZ 8305/2025/9 (MUZZIO CANTOS; BARONIO GAMBINO; SUÁREZ; PACHECO; GOROSTIAGUE; FUNES).
- Objeto de la petición: Solicitud de prórroga del Plazo de Investigación Penal Preparatoria y de las medidas de coerción impuestas a los encartados, por 21 días hábiles adicionales, a fin de intentar una salida alternativa que evite la realización de un debate oral.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la petición. Se autorizó al Área de Investigación y Litigio de Casos Sencillos de la Unidad Fiscal Federal de Mendoza a continuar la investigación por 21 días hábiles y se concedió la prórroga de las medidas de coerción vigentes respecto de los imputados hasta el 20/05/2026.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Efectivamente, el día 22 de agosto 2025 en la audiencia de formalización de la investigación penal preparatoria y medidas de coerción (art. 223 del CPPF) se fijó como fecha límite de las mismas el día 20 del corriente."
"Ahora bien, debiendo expedirme en relación a la petición en cuestión, entiendo que conforme los motivos alegados de común acuerdo, esto es, el interés conjunto que existe en finalizar con una de salida alternativa que evite la realización de un debate oral, la gravedad de los hechos que se investigan y las medidas probatorias en curso y pendientes, justifican la prórroga del plazo requerido."
"Por ello, atento lo expresado de común acuerdo por las partes, y teniendo en cuenta lo dispuesto por el art. 115 del CPPF, se AUTORIZA al Área de Investigación y Litigio de Casos Sencillos de la Unidad Fiscal Federal de Mendoza, dependiente del Ministerio Público Fiscal de la Nación a continuar la investigación por un plazo de 21 días hábiles más, y se concede la prórroga del plazo de las medidas de coerción vigentes respecto de MUZZIO CANTOS, BARONIO GAMBINO, SUÁREZ, PACHECO, GOROSTIAGUE Y FUNES, conforme lo solicitado, esto es, hasta el 20/05/2026, toda vez que se advierte razonable y no excede los términos previstos por la ley."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el pronunciamiento.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: