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KALER MARIO SERGIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSES solicitando reajuste de su beneficio previsional conforme la ley 24.241 por servicios mixtos. El Juzgado hizo lugar parcial a la demanda, rechazó la prescripción y ordenó el recálculo del haber y pago del retroactivo conforme las pautas jurisprudenciales y legislativas invocadas, con pago dentro de 120 días desde que la sentencia quede firme.

Anses Reajustes Ley 24.241 Pbu Mopre Prescripcion Servicios autonomos Proporcionalidad contributiva Ley 27.609 Intereses


¿Quién es el actor?

KALER MARIO SERGIO.

¿A quién se demanda?

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes/diferencias de haberes de jubilación adquirida al amparo de la ley 24.241 (beneficio Nº 14-0-1334682-0-8, fecha de adquisición del derecho 25/01/2023), por servicios mixtos; impugnación de varias disposiciones legales y pedido de actualización de componentes (PBU, PC, PAP, MOPRE) y de control de confiscatoriedad/topes.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la defensa de prescripción y se hizo lugar parcialmente a la demanda; se ordenó a ANSES que abone el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de los 120 días desde que la sentencia quede firme; se impusieron las costas por su orden; se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes): "En la determinación del haber mensual de la Prestación Básica Universal (en adelante, PBU) no entran directamente en juego las remuneraciones del afiliado, sino que está constituida en la actualidad por un monto fijo, determinado por el legislador en la ley 26.417 (B.O. 16/10/08)." "Conforme lo resuelto por la totalidad de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que ha revocado dicha criterio con fundamento en lo dispuesto por el Máximo Tribunal in re 'Quiroga Carlos Alberto c/ Anses' Sent. CSJN 11/11/2014 ... considero que a fin de evitar dilaciones procesales innecesarias en desmedro de las partes, corresponde me expida sobre el particular." Metodología de cálculo adoptada: "1) en primer lugar, establecer la diferencia entre la PBU reajustada y la PBU de Caja = Merma Cuantificada ('M.C'); 2) la 'Merma Cuantificada' se la multiplica x 100; y –finalmente
- 3) El resultado de la cuenta anterior se divide por el Haber Inicial Reajustado según Sentencia ('HIRS'); a saber: PBU caja + PC reajustada + PAP reajustada = Porcentaje de confiscatoriedad = ('M.C' x 100 % 'HIRS')." Sobre competencia legislativa de índices: "la fijación del índice de actualización no puede considerarse incluida dentro de las atribuciones genéricas que la ley 24.241 ... reconoce en cabeza de la ANSeS ... la elección de la variable de ajuste no es un aspecto menor ... es una cuestión de la mayor relevancia." Y: "atendiendo a la fecha de adquisición del derecho, y toda vez que el Congreso de la Nación ha dispuesto en forma específica el índice que corresponde aplicar ... estimo procede desestimar el reclamo ejercido sobre el punto." Respecto a cotizaciones autónomas y proporcionalidad: "la prestación previsional viene a sustituir el ingreso ... el nivel de vida asegurado por la jubilación debe guardar una relación justa y razonable con la cuantía de sus aportes al sistema ... la mejor manera para reflejar el mayor esfuerzo contributivo realizado por el trabajador autónomo, consiste en determinar ... el haber mensual compatible con el art. 14 bis ... que ... represente ... la misma proporción que existía entre las categorías por las que hicieron los aportes ..." (citando doctrina "Makler", "Volonté", "Badaracco", etc.). Sobre control de constitucionalidad y refuerzos: el juez rechaza los planteos de inconstitucionalidad de normas (arts. 9 L.24.463; arts. 9, 25 y 26 L.24.241; Res. SSS 6/09) por no acreditarse agravio manifiesto y remite temas relativos a topes y demás cuestionamientos a la etapa de ejecución cuando correspondan pruebas. Cita: "la declaración de inconstitucionalidad de las leyes ... constituye la más delicada de las funciones ... debe ser considerada 'ultima ratio'..." (referencia a doctrina CSJN). Liquidación y pago: "Las diferencias resultantes a favor de la parte actora, deberán ser abonadas sin quita alguna ... Los intereses, se liquidarán desde que cada suma es debida conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina." Costas y honorarios: "Las costas he de imponerlas en orden causado ... La regulación de honorarios la diferiré para el momento de contar con liquidación aprobada."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en este pronunciamiento de primera instancia.

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