Incidente Nº 2 - IMPUTADO: CABRERA SOSA , CRISTIAN NICOLAS s/INCIDENTE DE PRISION DOMICILIARIA
Recurso de casación contra la denegatoria de morigeración de la prisión preventiva de Cabrera Sosa. La Cámara Federal de Casación Penal consideró inoficioso expedirse sobre el recurso por existir sentencia firme que impone pena de cuatro años y establece fecha de vencimiento de la sanción el 4 de marzo de 2028, por lo que remitió el expediente al tribunal de origen.
Actor: Defensa particular de CRISTIAN NICOLÁS CABRERA SOSA. Demandado: Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°4 de San Martín (decisión recurrida sobre morigeración de prisión preventiva). Objeto de la demanda: Recurso de casación contra la resolución del 21/12/2025 que denegó la morigeración de la prisión preventiva (art. 210, 221 y 222 a contrario sensu del CPPF).
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró inoficioso expedirse sobre el objeto del recurso de casación porque, con posterioridad a su interposición, la sentencia condenatoria dictada el 26/02/2026 se encuentra firme y, conforme al cómputo practicado, la sanción impuesta vencerá el 4 de marzo de 2028; en consecuencia remitió el expediente al tribunal de origen, sin pronunciarse sobre el agravio.
Fundamentos principales (extractos textuales relevantes):
- "De modo inicial, corresponde señalar que de acuerdo con la jurisprudencia inveterada del cimero tribunal resulta un principio ineludible en la teoría de los recursos aquel que ordena que las presentaciones recursivas sean resueltas de conformidad con las circunstancias existentes al momento de su tratamiento, aunque sean ulteriores a su interposición (cfr. Fallos: 285:353, 310:819, 313:584...)."
- "De la compulsa de las constancias glosadas en el expediente principal... surge que el Tribunal a quo, con fecha 26 de febrero del corriente año, resolvió, en lo que aquí interesa: 'I. CONDENAR A CRISTIAN NICOLÁS CABRERA... a las penas de CUATRO (4) AÑOS de prisión, multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas, accesorias legales y costas del proceso por resultar coautor del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización...'"
- "Sentencia que se encuentra firme y, conforme el cómputo practicado, la sanción impuesta vencerá el 4 de marzo de 2028... En función de ello, resulta inoficioso expedirse sobre la cuestión sometida a inspección jurisdiccional en el recurso de casación bajo análisis, lo que así se RESUELVE."
Disidencias: No constan votos en disidencia en el acuerdo.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: