GONZALEZ ROBERTO OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó reajuste de haberes previsionales por aplicación de índices de actualización y declaración de inconstitucionalidad de normas; el Juzgado Federal hizo lugar parcialmente a la demanda ordenando actualizar la Prestación Básica Universal (PBU) con el índice Badaro y ordenar a ANSES su liquidación y pago en 120 días, rechazando los pedidos sobre PC, PAP, topes y movilidad.
¿Quién es el actor?
Gonzalez Roberto Oscar.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajuste/actualización del haber previsional (PBU, Prestación Compensatoria -PC
- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), y cuestionamiento de la constitucionalidad de diversas normas (leyes 24.241, 24.463, 26.417, 27.426, 27.541, 27.609 y normas reglamentarias).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda únicamente en cuanto a la actualización de la PBU, disponiéndose su recalculo conforme al índice "Badaro" y ordenando a ANSES que, en el plazo de 120 días, practique la actualización y abone las sumas resultantes con los intereses fijados si la diferencia resultare confiscatoria; se rechazaron las pretensiones relativas a la actualización de la PC y la PAP, a los topes de ley y a la movilidad; se difiere para ejecución el tratamiento del art. 9 de la ley 24.463; costas por su orden; se difiere regulación de honorarios para la etapa de ejecución y se fija criterio para emolumentos de la defensa de la demandada conforme art. 2 Ley 27.423.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Por lo tanto, resulta inaplicable lo dispuesto por el Alto Tribunal en el fallo “Blanco Lucio Orlando c/Anses s/Reajustes Varios” del 18/12/2018 (cfr. CSS 42272/2012/ CS1-CA1), toda vez que conforme sus fundamentos, se dictó en un momento donde, ni el Poder Legislativo ni la Secretaría de Seguridad Social, se habían expedido respecto a los índices de actualización para el cálculo de las remuneraciones, a utilizar, situación que se revierte con el dictado de la ley 27426 y más precisamente, en su artículo 3ro. La parte actora, no adquirió el derecho a la aplicación de una determinada doctrina o de un determinado índice, sino que, al cese, le corresponde que su haber previsional se calcule con la actualización de las remuneraciones que prevé la normativa vigente a la fecha en que adquirió el derecho."
"Atento como se resuelve la presente, respecto de la actualización de las remuneraciones a los fines del cómputo de la Prestación Compensatoria (PC) y Prestación Adicional por Permanencia (PAP), estimo que no se dan, en el caso, los presupuestos establecidos en el precedente de la CSJN “Quiroga Carlos Alberto c/Anses” sentencia del 11-11-04 ya que no habría liquidación posterior. Por lo tanto y a los fines de no cercenar los derechos de la beneficiaria, actua lícese la Prestación Básica Universal (PBU) con el índice establecido en el precedente jurisprudencial: “Badaro Adolfo Valentín” del 26.11.07 y luego los aumentos generales de ley y sus modificatorias, en la medida que la aplicación del el mismo arroje una diferencia superior al 15% -respecto del monto total del haber
- y por la cual corresponde entonces se actualice la PBU y se proceda al pago de la misma."
"En cuanto a la pretendida declaración de inconstitucionalidad de los topes contemplados en los arts. 9, 24, 25 y 26 de la ley 24241 y del art. 14 de la res. 06/09, cabe rechazar la demanda en cuanto al punto, en tanto tales disposiciones no fueron aplicadas en el caso, resultando abstractos los planteos deducidos en la demanda en su relación."
- Disidencias relevantes: No se consignan votos en disidencia en el fallo; la parte resolutiva final es la que decide.
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