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MALDONADO OSCAR CARMELO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó reajuste de su haber previsional y declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables a la movilidad. El Juzgado Federal de la Seguridad Social 1 hizo parcialmente lugar a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada, ordenó el recalculo y pago del haber y retroactivos en 120 días hábiles y difirió para ejecución el tratamiento de las inconstitucionalidades.

Anses Reajuste previsional Pbu Prestacion compensatoria Prestacion adicional por permanencia Movilidad jubilatoria Inconstitucionalidad diferida Retroactivos Intereses Costas


¿Quién es el actor?

MALDONADO OSCAR CARMELO.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber previsional (re-determinación de PBU, PC y PAP), movilidad del haber y planteos de inconstitucionalidad de diversas disposiciones de las leyes 24.241, 24.463 y normas complementarias.

¿Qué se resolvió?

Se hizo parcialmente lugar a la demanda, se dejó sin efecto la resolución impugnada y se ordenó a ANSeS que abone el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de los 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme; se difirió el tratamiento de las inconstitucionalidades para la etapa de ejecución; las sumas a favor del actor deberán abonarse íntegramente sin quita, con arreglo a precedentes de la Corte Suprema; y se impusieron las costas a la demandada. La regulación de honorarios se diferenció para la etapa de ejecución (ley 27.423 para liquidación).
- Fundamentos principales de la decisión (textos literales relevantes): "En consecuencia, de conformidad al criterio uniforme de las tres Salas de la Exma. Cámara de Apelaciones del Fuero, la PBU habrá de ser determinada en función del guarismo que resulte de actualizar del último valor publicado del MOPRE ($80), utilizando el índice dispuesto por el Máximo Tribunal en el precedente 'Badaro', -por el período comprendido entre el 1 de enero de 2002 y 31 de diciembre de 2006-, y con posterioridad -en caso de corresponder
- los aumentos generales de ley hasta la fecha de adquisición del beneficio." "El haber calculado de conformidad con las pautas diseñadas en el presente decisorio, como asimismo las sumas que eventualmente resulten a favor de la parte actora, deberán ser íntegramente abonadas, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos 'Pellegrini, Américo c/ Anses / Reajustes Varios', sentencia del 28.11.2006." "Por todo lo expuesto, y citas legales invocadas; RESUELVO: 1) Hacer parcialmente lugar a la demanda interpuesta por la parte actora dejando sin efecto la resolución impugnada; 2) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo ...; 3) Diferir el tratamiento de las inconstitucionalidades mencionadas ...; 4) El haber resultante y las sumas que resulten a favor de la parte actora deberán ser abonadas íntegramente, sin quita alguna ...; 5) Imponer las costas a cargo de la parte demandada ...; 6) Diferir la regulación de honorarios ..."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la sentencia es dictada por la Dra. Karina Alonso Candis como jueza federal.

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