Logo

D AMATO GRACIELA MARIA DEL ROSARIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSeS por reajustes varios relativos a la determinación del haber inicial y la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia en lo resuelto, difirió para ejecución el análisis sobre topes de haberes, confirmó la imposición de costas según lo indicado y fijó honorarios por la Alzada en el 30% de lo que corresponda en grado.

Reajustes Anses Prestacion basica universal Topes de haberes Prescripcion bienal Costas Honorarios (30%) Ejecucion Elliff Ley 27.423


¿Quién es el actor?

D AMATO, Graciela María del Rosario.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios —cuestiones relativas a la actualización del haber inicial, determinación del valor de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de topes de haberes (arts. 26 L.24.241; art. 9 L.24.463; Resolución SSS 6/2009), discusión sobre bases de cálculo (ley 27.260, Dec. 807/2016, Res. ANSeS 56/2018), prescripción, tasa de interés para retroactividad y costas.

¿Qué se resolvió?

Se difirió para la etapa de ejecución el cuestionamiento relativo a la aplicación de topes de haberes; se confirmó la sentencia recurrida en todo lo demás que fue materia de agravios; se confirmó lo resuelto sobre costas en la instancia de grado conforme al art. 68 CPCCN (con regulación conforme art. 36 Ley 27.423 para el caso de que no surjan sumas a favor del actor); costas por su orden en la Alzada; y se fijaron los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se establezca para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re 'QUIROGA', momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de la Sala III del Fuero..." "Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241, art. 9 de la ley 24.463, art. Resolución SSS 6/2009) –incluido el planteo respecto a la doctrina del precedente 'Villanustre'
- que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor." "Que la prescripción aplicada por el fallo ha de ser confirmada por ajustada a derecho, (art. 82 de la ley 18037 ahora art. 168 de la ley 24241), toda vez que en materia de reajustes por movilidad del haber jubilatorio rige la prescripción bienal." "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencia: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque manifestó salvados y opinión propia en torno a las costas, dejando constancia de su posición (se indica en el fallo como "en disidencia parcial"). Esa opinión fue preservada pero la resolución final expresa la decisión por mayoría conforme al bloque dispositivo.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar