Logo

MURMIS ROBERTO DANIEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó Murmis Roberto Daniel contra ANSeS por reajustes varios y prestaciones previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala 1, por mayoría confirmó la sentencia recurrida en lo resuelto sobre los agravios, pospuso para la liquidación el tratamiento del tope de haberes y de la Prestación Básica Universal (PBU), confirmó la imposición de costas conforme al art. 68 CPCCN y fijó honorarios de alzada en el 30% de lo que se otorgue en primera instancia.

Prestacion basica universal Tope de haberes Costas Liquidacion de sentencia Honorarios de alzada 30% Anses Inaplicabilidad impuesto a las ganancias Aportes autonomos Cpccn art. 68 Ley 27.423 art. 36


¿Quién es el actor?

MURMIS ROBERTO DANIEL.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios vinculados a reconocimiento y actualización de beneficio previsional (incluyendo tratamiento de tope de haberes en actividad, Prestación Básica Universal, aportes autónomos, retención de impuesto a las ganancias, interés, descuentos por obra social y regulación de honorarios).

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, pospuso el tratamiento del tope de haberes en actividad y de la Prestación Básica Universal para la etapa de liquidación de la sentencia; confirmó lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado conforme al art. 68 del CPCCN (aplicando también art. 36 ley 27.423 para el caso en que no surjan sumas a favor del actor); confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; impuso costas por su orden en la alzada y determinó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (textos transcritos): • “Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re ‘QUIROGA’, momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de la Sala III del Fuero…” • “Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes … pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor.” • “En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423).” • Dispositivo final (por mayoría): “[se dispone] Posponer el tratamiento del tope de haberes en actividad para la etapa de liquidacion de sentencia; Posponer el tratamiento de la PBU para la etapa de liquidacion; Confirmar lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado …; Confirmar la sentencia recurrida en lo demás que decide y ha sido materia de agravios; Costas por su orden en la Alzada …; Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora … en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior…”
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó expresa “opinión en torno a” ciertas cuestiones (indica su criterio sobre servicios autónomos y metodología de cálculo) y aclara su voto por confirmar la sentencia apelada, dejando salvo su opinión respecto de la metodología que, según expresa, podría perjudicar a la apelante; su postura aparece señalada como “en disidencia parcial” al pie de las firmas, pero la decisión mayoritaria es la transcrita arriba.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar