SUAREZ MARIA CRISTINA c/ ANSES s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS
La actora demandó a ANSES por inconstitucionalidades relativas a la liquidación de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar al recurso de apelación de la demandada, remitió al precedente de la Corte Suprema (García Marta Susana y García María Isabel) para resolver la cuestión del Impuesto a las Ganancias y confirmó la sentencia de grado en lo demás, con costas y regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
María Cristina Suárez (actora/jubilada).
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por inconstitucionalidades vinculadas a la liquidación de la prestación previsional, con cuestionamiento respecto de retenciones por Impuesto a las Ganancias y reajustes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social, por mayoría, hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la demandada, remitió a los fundamentos de la Corte Suprema de la Nación en "García Marta Susana c/ ANSES s/ Reajustes Varios" (10/9/2020) y en "García María Isabel c/ ANSeS" (26/5/2019) para la cuestión relativa al impuesto a las ganancias, confirmó la sentencia de grado en lo demás, impuso costas de alzada por su orden y reguló honorarios en un 30% de lo que se liquide en la instancia de grado.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"La demandada se agravia en cuanto la sentencia de grado no trató el las cuestiones vinculadas al Impuesto a las Ganancias. Afirma que su parte actúa únicamente como agente de retención, por lo que entiende que el reclamo debe dirigirse al organismo fiscal. Agrega que los beneficios previsionales y sus retroactividades se encuentran alcanzadas por el gravamen en cuestión, cita jurisprudencia en sentido que reafirma que la aplicación del impuesto mencionado es válido, no correspondiendo al Poder Judicial modificar el régimen fiscal, no habiéndose cuestionado debidamente una normativa clara."
"Esta Sala ha sostenido que “Expresar agravios significa ejercitar un control de juridicidad, mediante la crítica concreta y razonada de los eventuales errores del juzgador, para lograr de ese modo la modificación total o parcial de la sentencia o resolución atacada. Esa exigencia no aparece en modo alguna cumplida, cuando no se rebate cada una de las distintas etapas que utilizó el juez de grado en el transcurso de su razonamiento…” (“Fontana Hugo c/ ANSeS” sentencia del 27 de junio de 2002). En consecuencia, y atento la ausencia de agravio suficiente, considero que corresponde confirmar la sentencia de grado." (voto del Dr. Juan A. Fantini Albarranque)
"Disiento con le voto que antecede. Ello asi, pues se advierte que la demandada ha introducido el planteo referido al impuesto a las ganancias y el magistrado de grado no se ha expedido al respecto. En atención a ello, cuestiones de economía y celeridad procesal me obligan a remitir a los fundamentos dados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en sentencia del 10 de septiembre de “García Marta Susana c/ ANSES s/ Reajustes Varios”, 2020, y que remite al anterior pronunciamiento “García María Isabel c/ ANSeS s/Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad”, sentencia del 26 de mayo de 2019. Por tales motivos, corresponde estarse a sus términos." (voto del Dra. Nora C. Dorado — disidencia que integró la mayoría en este punto)
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarranque propuso confirmar íntegramente la sentencia de grado por considerar ausentes agravios suficientes; la Dra. Nora C. Dorado, en disidencia respecto de ese enfoque, pidió hacer lugar al recurso y remitir expresamente a los pronunciamientos de la Corte Suprema sobre la cuestión del impuesto a las ganancias; el Dr. Walter F. Carnota adhirió al voto de la Dra. Dorado, conformando la mayoría que resolvió conforme a la parte resolutiva final.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: