IBARRA, TERESA ISABEL c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/REAJUSTES VARIOS
Reclamación por reajustes de haberes jubilatorios y recálculo de la PBU; la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza hizo lugar parcialmente al recurso de ANSES y revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, confirmando el resto de la sentencia y declarando la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018.
¿Quién es el actor?
IBARRA, TERESA ISABEL (actora/jubilada).
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; recálculo del haber jubilatorio inicial, actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), impuestos (Impuesto a las Ganancias) sobre sumas retroactivas y cuestionamientos de constitucionalidad de normas (art. 2 ley 27.426; art. 1 ley 27.609; art. 3 DNU 157/2018).
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, revocó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426; confirmó la sentencia apelada en el resto de sus consideraciones; declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de la presente instancia a la demandada vencida; y reguló honorarios de Alzada en 30% de lo previsto en primera instancia. (La solución consignada es la del acuerdo que figura en la parte resolutiva).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"De lo expuesto se desprende que los lineamientos desarrollados (que fueron convalidados por el Alto Tribunal en el precedente “Makler”, tienen plena vigencia para la aplicación de los artículos 24 inc. b) que obliga a considerar la totalidad de las cotizaciones ingresadas y 30 de la Ley 24.241 y sus modificatorias, pues conducen a establecer el valor representativo del “promedio mensual de los montos actualizados de las categorías en que revistó el afiliado” correspondientes a “todos los servicios con aportes computados” a los que alude la disposición citada en primer término a la fecha de adquisición del derecho."
"Por otra parte, atento lo resuelto recientemente por esta Sala en autos Nº FMZ 53240/2019/CA1... corresponde confirmar lo resuelto en la sentencia respecto al índice de actualización de la PBU."
"Recientemente la CSJN con fecha 4 de diciembre del año 2025 en los autos: “CSS 138932/2017/CS1 ... Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos.” Resolvió revocar la sentencia de Cámara, declarando la constitucionalidad del articulo puesto en crisis... 'los autores de la ley 26.417 eligieron dos épocas del año para reajustar los haberes y decidieron utilizar la frase “para los haberes que se devenguen en los meses de marzo y septiembre”. De ahí que el reajuste previsto para marzo de 2018 era un efecto pendiente del anterior régimen que podía ser modificado antes de esa fecha, sin que puedan invocarse a su respecto derechos adquiridos'... 'cuando entró en vigencia no se habían cumplido las condiciones necesarias para tener por perfeccionado el derecho a que la movilidad se calculara conforme al índice previsto en la ley 26.417.'"
- Disidencias: No consta voto en disidencia; los Dres. Pizarro y Castiñeira de Dios adhirieron al voto que antecede y el acuerdo fue firmado por los magistrados indicados.
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