RODRIGUEZ GONZALEZ, DOLORES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Dolores Rodríguez González demandó a ANSES por reajustes varios de su haber previsional y la exclusión del descuento por impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018, impuso las costas a ANSES y reguló honorarios profesionales en un 30%.
¿Quién es el actor?
RODRIGUEZ GONZALEZ, DOLORES.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haber previsional y solicitud de no descuento del impuesto a las ganancias sobre retroactivos.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES y se confirmó la sentencia de primera instancia en lo apelado; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018; se impusieron las costas a la vencida (ANSES) y se regularon honorarios profesionales en un 30% de lo establecido en primera instancia, con actualización a UMA y cálculo en pesos en la etapa oportuna.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Así, de conformidad con la doctrina del Superior sentado en el precedente citado, en el que se resolvió que no resulta razonable exigir dos planteos administrativos o judiciales ante distintos organismos a fin de lograr idéntico reconocimiento, corresponde confirmar lo resuelto. A mayor abundamiento, atento al principio de informalismo en favor del administrado y los principios que rigen el derecho a la seguridad social y la protección diferenciada que debe garantizarse a los adultos mayores, ante el reclamo del actor en el que solicitaba no se le descontara impuesto a las ganancias de su haber, ANSeS, conforme el argumento de que sólo es un agente de retención, debería haberlo remitido al organismo que considera encargado de resolverlo, es decir, a la ex AFIP. Por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora."
"Por lo dicho, y de acuerdo al resultado del proceso, en el que en definitiva se hace lugar a la pretensión principal del reajuste del haber, corresponde confirmar la imposición de costas de primera instancia a ANSES (arts. 68 y 71 del CPCCN y 36 de la ley 27.423). De igual manera, teniendo en cuenta lo antedicho y lo resuelto en la presente instancia, se impondrán las costas del presente recurso a la vencida ANSES."
"En dicho precedente, el Máximo Tribunal declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, por no verificarse la existencia de circunstancias excepcionales exigida por el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional para su validez, y, por ende, reafirmó la plena vigencia del artículo 36 de la ley 27.423, que establece: 'En las causas de seguridad social los honorarios se regularán sobre el monto de las prestaciones debidas. Las costas se impondrán de acuerdo a lo normado por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, ... en cuyo caso se impondrán las costas en el orden causado'."
- Votos: unanimidad de los Dres. Gustavo Enrique Castiñeira de Dios (voto articulado), Juan Ignacio Pérez Curci y Manuel Alberto Pizarro (adhieren). No hubo disidencia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: