ROLDAN MARIA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó reajustes sobre la Prestación Básica Universal; la Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el pronunciamiento apelado y ordenó imponer costas a la demandada, regular honorarios del apoderado de la actora en el 30% de lo que se fije en primera instancia y devolver las actuaciones al juzgado de origen.
¿Quién es el actor?
ROLDAN MARIA CRISTINA.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios sobre la Prestación Básica Universal (PBU) y demás actualizaciones del haber previsional adquirido el 8/12/2013.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II, confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios; impuso las costas de ambas instancias a la demandada vencida; reguló honorarios para la representación letrada de la parte actora en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia más IVA cuando corresponda; y devolvió las actuaciones al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales (extractos y citas textuales relevantes):
"Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta Sala en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia de grado... El organismo demandado se agravia de lo resuelto en torno a la actualización dispuesta para la Prestación Básica Universal."
"Cabe señalar que habiéndose sustanciado dichos agravios, en los términos del art. 265 del Código Ritual, la parte actora replicó los agravios de la accionada."
"En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSeS y se confirma el diferimiento dispuesto en la instancia de grado."
"En lo atinente al agravio relativo al art. 14 punto 2 de la Resolución SSS 06/09... corresponde confirmar lo decidido en la instancia de grado."
"En cuanto a las costas de ambas instancias las mismas habrán de imponerse a la demandada vencida (conf. Art. 68, párr. 1º del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y Excma. CSJN in re: 'Gentile Fioravanti Pedro c/ANSeS s/Reajustes Varios', Sent. Fecha 8/10/2024, Expte. CSS Nº 96499/2010')."
(No hubo votos en disidencia; los Dres. Fantini, Carnota y la Dra. Dorado adhirieron al decisorio y el acuerdo fue unánime en los términos del pronunciamiento final.)
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