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TARANTE EDUARDO JORGE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamación contra ANSeS por reajustes varios y recalculo de la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado y confirmó lo demás, difiriendo el tratamiento del precedente Villanustre y la regulación de honorarios, imponiendo costas a la demandada y fijando honorarios de Alzada en 30%.

Reajustes varios Prestacion basica universal Decreto 807/16 Ley 27.541 Inconstitucionalidad art.9 ley 24.463 Tasa pasiva bcra Costas Honorarios Villanustre Anses


¿Quién es el actor?

TARANTE EDUARDO JORGE.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios y redeterminación del haber inicial, incluyendo la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y demás componentes del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

la Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos precedentes y la confirmó en lo demás; diferirió el tratamiento del precedente de la CSJN “Villanustre” para la etapa de ejecución; diferió la regulación de honorarios de primera instancia; impuso costas de ambas instancias a la demandada vencida; reguló honorarios de la actuación de la Alzada en 30% de la suma que se fije por la labor en primera instancia más IVA en su caso; y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) “De tal manera, atento que quien acciona obtuvo su prestación previsional con posterioridad al mensual agosto 2016, corresponde remitirnos, por razones de orden y economía procesal, en cuanto a la validez constitucional del Decreto 807/16 a los fundamentos del fallo ‘Blanco’ y revocar lo resuelto en la instancia de grado.” 2) “En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSeS y se confirma el diferimiento dispuesto en la instancia de grado.” 3) “En consecuencia, se confirma el índice establecido en la instancia de grado.” 4) “En consecuencia, revoco lo dispuesto en la instancia de grado en cuanto a este punto.” (referido a la recomposición del haber correspondiente a enero y febrero de 2021 y la Ley 27.541) 5) “En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc 3) de la Ley 24.463 ... en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente
- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado.” 6) “Con respecto a la tasa de interés corresponde aplicar la Tasa Pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina hasta su efectivo pago...” 7) “En cuanto a las costas de ambas instancias las mismas habrán de imponerse a la demandada vencida...”
- Disidencias: la sentencia registra adhesiones de los vocales; no consta voto en disidencia que modifique la parte resolutiva mayoritaria.

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