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ZINGARETTI, PATRICIA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986

Amparo promovido por Patricia Zingaretti contra ANSeS por aplicación del tope del art. 9 de la Ley 24.463 y el impuesto a las ganancias sobre retroactivos; además apelaciones por regulación de honorarios. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de ANSeS y confirmó la sentencia de primera instancia, y hizo lugar parcialmente al recurso de los letrados de la actora para modificar la regulación de honorarios (10 UMA en primera instancia y 3 UMA por la alzada), imponiendo costas a ANSeS.

Amparo Anses Tope art. 9 ley 24.463 Ley 24.016 Exencion impuesto a las ganancias Honorarios Uma Ley 27.423 Costas Camara federal de mendoza


¿Quién es el actor?

ZINGARETTI, Patricia.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Amparo (Ley 16.986) para declarar la inaplicabilidad del art. 9 de la Ley 24.463 (tope sobre haberes previsionales) al haber docente bajo Ley 24.016; se solicitó además el cese de descuentos, reintegro de sumas, exención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos y regulación de honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSeS y confirmó la sentencia apelada en los puntos cuestionados; hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de los letrados de la parte actora y modificó el punto VII de la resolución apelada regulando honorarios por la actuación en primera instancia en 10 UMA ($924.820) y, por la actuación en esta segunda instancia, en conjunto 3 UMA ($277.446); impuso las costas a ANSeS y no reguló honorarios para la representación letrada de ANSeS conforme art. 2 Ley 27.423.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción textual de los párrafos más relevantes): 1) "b) No prosperará el agravio de la demandada dirigido a cuestionar la inaplicabilidad del tope previsto por el art. 9 de la ley N°24.463. Sobre el particular, cabe remitirse a lo decidido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Guzmán, Cristina c/ ANSeS” (Fallo 339:189, del 2/3/16), oportunidad en la que el Máximo Tribunal concluyó que el art. 9 de la ley 24.463 no resulta aplicable al haber de una persona que obtuvo su jubilación bajo el régimen especial de jubilaciones y pensiones previsto por la ley 24.016 para el personal docente. Que, en consecuencia, (…) guardan sustancial analogía con cuestiones que han sido tratadas por el Tribunal en el precedente "Gemelli" (Fallos: 328:2829) en el que se afirmó que el régimen jubilatorio de la ley 24.016 ha quedado sustraído de las disposiciones que integran el sistema general reglamentado por las leyes 24.241 y 24.463, con el que coexiste, manteniéndose vigente con todas sus características. Por lo expuesto, opino que se debe desestimar el presente agravio y confirmar lo sentenciado en este punto." 2) "En virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta la trascendencia económica y moral que para el interesado reviste la cuestión en debate, la labor profesional desarrollada, apreciada la misma en su novedad, calidad, eficacia y extensión, de conformidad con el art. 16 y 48 de la ley N°27.423 y del art. 1255 del CCCN, corresponde regular en 10 UMA los honorarios profesionales de la representación de la parte actora, en forma conjunta."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los tres jueces adhirieron al voto principal.

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