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V, G A c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (PAMI) s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió amparo contra PAMI solicitando cobertura integral y urgente de cuidados domiciliarios, fisiokinesioterapia, fonoaudiología, enfermería y control médico. La Cámara Federal de Paraná rechazó la apelación de PAMI y confirmó la sentencia de grado que hizo lugar al amparo, imponiendo las costas a la obra social por resultar vencida.

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¿Quién es el actor?

V, G A (actora afiliada a la obra social).

¿A quién se demanda?

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI).
- Objeto de la demanda: Amparo bajo ley 16.986 para que PAMI otorgue cobertura integral e ininterrumpida de las prestaciones recetadas: cuidador domiciliario 24 horas/día; fisiokinesioterapia domiciliaria 3 veces por semana; fonoaudiología domiciliaria 2 veces por semana; enfermería domiciliaria 2 veces por semana; control médico domiciliario 1 vez por mes.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por PAMI y se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo y ordenó brindar la cobertura solicitada; se impusieron las costas de la instancia a la obra social apelante y se regularon honorarios al letrado de la actora.
- Fundamentos principales (transcripción de pasajes relevantes): "La jueza de primera instancia hace lugar al amparo y ordena al PAMI que brinde la cobertura urgente, integral e ininterrumpida (al 100%) de las prestaciones peticionadas y en los términos recetados por la médica que atiende a la actora." "La arbitrariedad se presenta '…como nota subjetiva caracterizada por el mero voluntarismo apuntado a la violación del derecho. Su carácter manifiesto implica que el juez debe advertir sin asomo de duda que se encuentra frente a una situación palmariamente ilegal o resultante de una irrazonable voluntad del sujeto demandado' (CNFed. Civ. y Com., Sala I 12/10/95, 'Guezamburu, Isabel c/Instituto de Obra Social')." "En consecuencia, la actora -a criterio de este Tribunal
- requirió adecuadamente las prestaciones en sede administrativa, por lo que se rechaza el planteo... se observa que hubo una actitud dilatoria por parte del PAMI que no respondió a los pedidos de la accionante... su actuación debe calificarse como arbitraria."
- No consta voto en disidencia relevante; la decisión de la Cámara es la transcripta y mayoritaria.

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