ONTIVEROS, ALBERTO HIPOLITO c/ ANSES Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986
Acción de amparo por haberes previsionales y aplicación del impuesto a las ganancias promovida contra ANSES y AFIP. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación de ARCA y confirmó la sentencia de primera instancia, declarando la inaplicabilidad del gravamen sobre los haberes previsionales y regulando costas y honorarios.
¿Quién es el actor?
ONTIVEROS, ALBERTO HIPOLITO.
¿A quién se demanda?
ANSES y AFIP (se menciona ARCA como apelante).
- Objeto de la demanda: acción de amparo (Ley 16.986) para declarar la inconstitucionalidad o inaplicabilidad del impuesto a las ganancias sobre los haberes jubilatorios y obtener la consecuente exención o declaración de inaplicabilidad en el caso concreto.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación deducido por ARCA; se impusieron las costas a la vencida y se regularon los honorarios profesionales en un 30% de lo que corresponde por la actuación en primera instancia. (La Cámara confirmó la decisión de primera instancia en todos sus términos.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes):
"La Corte declara la inconstitucionalidad de la norma, precisamente porque el haber del jubilado, sin importar su vulnerabilidad, no constituye una ganancia en términos técnicos legales susceptibles del tributo en cuestión... además de oponerse a la garantía de integralidad del haber, extremo amparado constitucionalmente."
"… vale recordar que el artículo 14 bis de la Ley Fundamental reconoce el derecho a los beneficios de la seguridad social con carácter de integrales. De ello se sigue que los haberes previsionales no pueden ser disminuidos por medio de gravámenes tributarios, pues se vería afectada su integridad."
"Entiendo que ello, en el marco del derecho tributario, tiene una implicancia que, si bien puede juzgarse de 'impráctica', responde mejor al anhelo de justicia buscado: 'Sostener el criterio de que el efecto prospectivo de las sentencias, en materia tributaria, conduce a resultados más positivos que la admisión del efecto retroactivo, por las consecuencias económicas gravosas que le puede acarrear al Estado la devolución de los impuestos mal habidos, implica la creencia de que esa incidencia económica gravosa para el Fisco constituye un hecho que condiciona psicológicamente al juez, inclinándolo hacia la no admisión de la transgresión constitucional...'"
Se añade el control de convencionalidad: "Este Protocolo Adicional a la Convención Americana, establece el derecho a la seguridad social..."; y la Cámara enfatiza la obligación de contrastar normas con la Constitución y tratados con jerarquía constitucional, y la facultad del Poder Judicial para declarar inaplicables normas en casos concretos.
- Disidencias: El acuerdo fue unánime; no se registran votos en disidencia en el bloque resolutorio final.
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