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SOLER, JUAN CARLOS c/ AFIP s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

El actor promovió acción declarativa de inconstitucionalidad contra la AFIP por la retención del impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales. La Cámara Federal de La Plata revocó la sentencia de primera instancia y ordenó costas de ambas instancias en el orden causado por la naturaleza de la cuestión.

Accion declarativa de inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Haberes previsionales Afip Revocatoria Costas Precedente garcia Agotamiento de la via administrativa Vulnerabilidad Seguridad social


¿Quién es el actor?

Juan Carlos Soler.

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP-ARCA).
- Objeto de la demanda: Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra la aplicación del artículo 79 inciso c) de la Ley 20.628 y normas conexas que gravan con el Impuesto a las Ganancias los haberes previsionales; y, en subsidio, reintegro de sumas retenidas e intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de La Plata revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la acción declarativa de inconstitucionalidad y ordenado reintegros; además, dispuso costas de ambas instancias en el orden causado.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes de la sentencia): "En principio, cabe hacer referencia a la utilización de la vía. Al respecto, la Corte Suprema de la Justicia de la Nación, en reiteradas oportunidades ha resuelto que se encuentran reunidos los requisitos del art. 322 del Código Procesal para la procedencia formal de la acción meramente declarativa, si concurre un estado de incertidumbre sobre la existencia y modalidad de una relación jurídica. Ello en la medida de que se trata de dilucidar la existencia de una obligación respecto de la cual se ha producido la totalidad de los hechos concernientes a su configuración, por lo que la controversia es actual y concreta (Confr. fallos: 310:606; 311:421, entre otros)." "En el mismo sentido ha sostenido que “la declaración de certeza, en tanto no tenga carácter simplemente consultivo, no importe una indagación meramente especulativa y responda a un "caso" que busque precaver los efectos de un acto en ciernes, al que se atribuye ilegitimidad y lesión al régimen federal, constituye causa en los términos de la Ley Fundamental” (Fallos: 310:606 y 977; 311:421, entre otros)." "Como lo que expusimos en apartados anteriores, en el caso “García” (Fallos: 342:411), el Máximo Tribunal consagró un estándar complejo para juzgar la constitucionalidad de la competencia tributaria del Congreso. Ello implica considerar el monto del beneficio percibido, la entidad de los descuentos efectuados, la continuidad en el tiempo de éstos, la edad del demandante, la situación de salud y, eventualmente, las circunstancias especiales que lo coloquen en situación de vulnerabilidad." "En base a lo expuesto propongo al Acuerdo: Revocar la sentencia de primera instancia. Costas de ambas instancias en el orden causado atento a la naturaleza de la cuestión debatida (art. 68, segunda parte del CPCCN)."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; los votos reproducidos (Di Lorenzo y Álvarez) adhieren a la revocación y la resolución consignada en la parte resolutiva.

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