Logo

GAUNA NILDA DOLINDA c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La actora demandó a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal solicitando la incorporación de suplementos del Decreto 2744/93 a su haber de retiro con carácter remunerativo y bonificable. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la mayoría del pronunciamiento de grado sobre la incorporación por ser aplicable el criterio de la CSJN, pero revocó parcialmente la sentencia en cuanto al plazo de cumplimiento, ordenando que la demandada acredite la previsión presupuestaria una vez que adquiera firmeza el pronunciamiento.

Incorporacion de suplementos Decreto 2744/93 Remunerativo Bonificable Presuncion de legitimidad Decreto 142/22 Plazo de cumplimiento Costas de alzada Honorarios Seguridad social


¿Quién es el actor?

GAUNA Nilda Dolinda.

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
- Objeto de la demanda: incorporación al haber de retiro de suplementos creados por el Decreto 2744/93 con carácter remunerativo y bonificable.

¿Qué se resolvió?

Se revoca parcialmente la sentencia apelada únicamente respecto del plazo de cumplimiento; se confirma la sentencia apelada en lo demás que decide; se imponen las costas de alzada a la demandada; se regulan honorarios de la representación letrada de la actora por la alzada en el 30% de lo que corresponda en la instancia anterior; y se devuelven las actuaciones al juzgado de origen. Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
- "En consecuencia, aplicando el criterio sustentado por el alto Tribunal en el antecedente reseñado, cuyos términos se comparten, se hace lugar a la demanda interpuesta, reconociendo el derecho de la accionante a que le sean incorporados a sus haberes como remunerativos y bonificables, el suplemento que le correspondería percibir, de los creados por el decreto 2744/93, de acuerdo al grado o situación de revista que detentaba al pasar a retiro (conf. CFSS, Sala I in re: “Barrios, Claudio Daniel y otros c/Caja de Retiros Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal s/personal militar y civil de las FFAA y de Seg.”, Sent Def. 117.996, de 29 de mayo de 2006...)."
- "Finalmente, cabe destacar que el 23/03/2022 el Poder Ejecutivo Nacional dictó el decreto 142/22... En consecuencia, y atento la presunción de legitimidad de que goza el acto (cfr. art. 12 de la Ley 19.549), a partir de dicha fecha deberá estarse a lo allí dispuesto."
- "En relación al plazo de cumplimiento establecido en el decisorio de grado, se revoca lo establecido y se ordena a la demandada que, a partir del momento en que adquiera firmeza el decisorio de conocimiento, deberá efectuar la previsión presupuestaria correspondiente y acreditarla en la causa con la documentación pertinente, de conformidad a lo establecido en la normativa aplicable..."
- "En relación a la imposición de las costas, el caso ha de regirse por el principio general en la materia, y, por lo tanto, se confirma la imposición a la demandada vencida (art. 68 CPCCN)." Disidencias: No consta voto en disidencia en la parte resolutiva final; la decisión mayoritaria es la transcripta.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar