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GAROFOLI ALEJANDRO JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES por reajustes sobre la Prestación Básica Universal (PBU) y cuestionó la aplicación de topes y normas complementarias. La Cámara Federal de la Seguridad Social diferirió la redeterminación de la PBU y el examen de topes para la ejecución, confirmó las costas de grado y confirmó la sentencia recurrida en lo demás.

Prestacion basica universal Anses Pbu Reajuste Topes de haberes Costas Art. 68 cpccn Ley 27.423 Ejecucion Seguridad social


¿Quién es el actor?

GAROFOLI ALEJANDRO JOSE.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios relativos a la Prestación Básica Universal (PBU), impugnación de la aplicación de topes de haberes, cuestionamiento de normas (art. 26 ley 24.241; art. 14.2 RES.SSS 06/09; art. 2 ley 27.426) y oposición a la imposición de costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, difirió el tratamiento del planteo referido a la actualización de la PBU como componente del haber inicial para la etapa de ejecución; difirió también para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; confirmó lo resuelto sobre las costas en la instancia de grado (imponiendo las costas al vencido conforme al art. 68 del CPCCN, con las salvedades relativas a la liquidación y el art. 36 de la ley 27.423); y confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue objeto de agravios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos 'Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios'... donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución." "Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241)–incluido el planteo respecto a la doctrina del precedente 'Villanustre'–que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor." "Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso... la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN... in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo'... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencias relevantes: No consta en el bloque resolutivo final disidencia que altere lo resuelto por mayoría; los votos individuales que eventualmente propusieran otra solución quedaron superados por lo dispuesto en la parte resolutiva.

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