BERARDI OLGA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajustes varios promovidos por Berardi Olga Beatriz contra ANSES por actualización de haberes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, difirió para la etapa de ejecución el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 y de la Ley 27.609 y confirmó lo demás, fundando la demora en la vigencia del DNU 274/2024 y la necesidad de valorar efectos en ejecución.
Actor: BERARDI OLGA BEATRIZ. Demandado: ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social). Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales; planteos de inconstitucionalidad respecto de la Ley 27.609 y del artículo 26 de la Ley 24.241; discusión sobre aplicación de precedentes (Badaro, Makler) y tasa de interés.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada y difirió para la etapa de ejecución el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 y de la Ley 27.609; confirmó el resto del pronunciamiento de mérito; impuso costas de Alzada a la demandada y reguló honorarios a favor de la representación de la actora (30% de lo que se fije en primera instancia más IVA). Se devolvieron las actuaciones al Juzgado de origen.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución."
- "Difiérase el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia, momento procesal en el cual se estará en condiciones de apreciar y constatar, con el debido rigor judicial, la existencia de un eventual perjuicio concreto derivado de su aplicación, permitiendo así una valoración precisa de sus efectos en el caso en cuestión."
- Respecto de intereses: "deberán calcularse desde que cada suma fuere debida y hasta su efectivo pago, conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. C.S.J.N. 'Spitale, Josefa Elida', Fallos, 327:3721; ratificado in re 'Cahais, Rubén Osvaldo c/ Anses s/ reajustes varios', sentencia del 18/04/2017, Fallos: 340:483.)"
- Sobre costas: "Toda vez que la sentencia se dictó en vigencia de la Ley 27.423, en el marco de la doctrina de la CSJN sentada en autos: 'Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo', Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, se rechaza el agravio introducido y se confirma la imposición de costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423)."
Disidencias relevantes: No hubo voto en disidencia; el acuerdo fue por mayoría con adhesión de los otros vocales.
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