BURGOS JORGE OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo contra ANSES por reajustes varios y actualización de la Prestación Básica Universal. La Cámara confirmó la sentencia en lo demás que fue materia de agravios, revocó la decisión extra petita respecto de la PBU y diferenció para ejecución el examen de topes, imponiendo costas en la alzada y honorarios del 30% para la dirección letrada de la actora.
¿Quién es el actor?
BURGOS JORGE OSCAR.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; impugnación de la aplicación de normas relativas a la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y cuestionamiento de topes previstos en leyes 24.463 y 24.241 y resoluciones (Resolución SSS 6/09).
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios, revocó lo decidido por el juez de grado en cuanto configuró una resolución extra petita respecto del tratamiento de la PBU, y diferió para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios relativos a la aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463). Impuso costas por su orden en la Alzada y fijó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior. (Se consignó disidencia parcial del Dr. Sebastian E. Russo).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"Con respecto al agravio vertido por la actora referido a la PBU, del art. 9 de la Ley 24.241 y art. 14 punto 2) párrafo segundo de la Resolución SSS 6/09, este Tribunal considera que la decisión del juez a-quo resulta una resolución “extra petita” y afecta el principio de congruencia toda vez que la cuestión no fue introducida al momento de la traba de la Litis (Demanda, Ampliación, Contestación o Reconvención). Asimismo, el actor ha manifestado que lo resuelto va en detrimento de su patrimonio, toda vez que dicho haber arroja uno inferior al abonado por la demandada. Por lo tanto, corresponde revocar lo decidido por el juez de grado."
"Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podría ocasionar al actor."
"Costas por su orden en la Alzada en atención a la forma que se resuelve, arts. 68 segunda parte del C.P.C.C.N. y 36 de la ley 27.423 (conf. CSJN, sentencia del 22.06.2023, in re “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo”). Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior, en atención a la calidad y extensión de las tareas desarrolladas y teniendo en cuenta las pautas de la ley 27.423 (art. 30)."
- Disidencia: Se consignó que el Dr. SEBASTIAN E. RUSSO formuló disidencia parcial, sin que ello altere la decisión mayoritaria transcripta.
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