MAROTTA ELISABETH INES c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
La actora promovió acción de amparo contra ANSeS reclamando la inaplicabilidad de la escala de deducciones del art. 9 de la ley 24.463 y la restitución de sumas retenidas, sin impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia, declaró inaplicable el art. 9 inc. 2 para el caso y la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias, y condenó en costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
MAROTTA ELISABETH INES (parte actora).
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Acción de amparo para declarar la inconstitucionalidad o inaplicabilidad de la Circular ANSES PREV-05-0819 y del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 en cuanto dispone la escala de deducción; reclamo de restitución de montos retenidos y exención del impuesto a las ganancias, con intereses.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia apelada en lo que decide y fue materia de agravios, con costas de Alzada a la demandada y fijación de honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior. (Decisión por mayoría de la Cámara Federal de la Seguridad Social
- Sala I.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Corresponde señalar que la escala de deducciones planteada en el art. 9 inc. 2° de la ley 24463 resulta aplicable siempre que concurran dos recaudos; en primer lugar, que se trate de beneficios acordados sobre la base de una legislación anterior a la entrada en vigencia de la ley 24.241, que no es este el caso y en segundo, que la ley por la que se obtuvo el beneficio no provea otro tope al haber. Por ello, la limitación del art 9, inc 2, no debe ser de aplicación a beneficios como el presente."
"Por ello corresponde ordenar que resulta inaplicable en la especie la escala de deducciones prevista en el art. 9.2 de la ley 24463 tan sólo y, en base a los argumentos aquí vertidos, corresponde confirmar la sentencia recurrida."
"Que respecto a la retención del impuesto a las ganancias, la CSJN ya se ha expedido en casos de aristas similares... por lo que corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido."
- Votos en minoría/disidencia: No se registran disidencias relevantes en la parte resolutiva; el Dr. Juan A. Fantini Albarenque adhiere a la solución propiciada por el voto mayoritario.
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