CATIVA MARIA ROSA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES reclamando reajustes varios, entre ellos la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), método de movilidad y exención de impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada en lo resuelto, difirió para ejecución la redeterminación de la PBU y el tratamiento de los topes de haberes, y ordenó costas por su orden y honorarios del 30% para la instancia de Alzada.
¿Quién es el actor?
CATIVA, MARIA ROSA.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios en haberes previsionales otorgados con fecha de adquisición del derecho 19/04/2022 (ley 27.609), incluyendo actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial (PC, PAP, IB), redeterminación de la PBU, impugnación de aplicación de topes de haberes (art. 26 ley 24.241) y retención del impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió?
Se difiere el tratamiento del planteo referido a la actualización de la PBU como componente del haber inicial para la etapa de ejecución; se difiere también para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; se confirma la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; costas por su orden en la Alzada; y se fijan honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (textos transcripos de la sentencia):
- Sobre competencia legislativa y control judicial: "es el Congreso Nacional en su carácter de órgano representativo de la voluntad popular, el que deberá establecer, conforme a las facultades conferidas por la Constitución Nacional, el índice para la actualización de los salarios computables para el cálculo del haber inicial en el período en juego, toda vez que se trata de un componente decisivo para asegurar la vigencia de los derechos consagrados en el art. 14 bis de la Ley Fundamental …, será en el marco de la tarea legislativa -a través del diálogo de las dos cámaras que deben confluir en la sanción de una ley
- que se establecerán las pautas adecuadas para hacer efectivo el mandato del artículo 14 bis de establecer 'jubilaciones y pensiones móviles'."
- Sobre la inconstitucionalidad de la normativa impugnada: "ha de concluirse que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la norma sancionada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad manifiesta, por lo que no se encuentra vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN."
- Sobre diferimiento del ajuste de la PBU y topes: la Sala remite a lo decidido en autos “Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios” y dispone diferir la redeterminación del valor de la PBU y el cuestionamiento sobre aplicación de topes para la etapa de ejecución, por considerar que es ahí donde puede demostrarse el perjuicio concreto.
- Sobre impuesto a las ganancias: se aplica la jurisprudencia de la CSJN y "corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido."
- Sobre costas y honorarios: "Costas por su orden en la Alzada en atención a la forma que se resuelve, arts. 68 segunda parte del C.P.C.C.N. y 36 de la ley 27.423" y "Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior..."
- Votos en disidencia: en la planilla de firmas figura que el Dr. Sebastian E. Russo votó "en disidencia parcial". Además, el Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó expresadas reservas sobre algunos puntos; sus opiniones particulares fueron consignadas pero la decisión mayoritaria es la que se traslada arriba.
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