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BUDEGUER FRANCISCO MANUEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reajuste de haberes reclamada por beneficiario de PBU y pretensiones contra topes y movilidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la orden de primera instancia de aplicar diferencias porcentuales sobre haberes de enero-febrero 2021 y revocó la decisión sobre costas, difiriendo para ejecución la redeterminación de la PBU y el cuestionamiento sobre topes; confirmó lo demás decidido en la sentencia apelada.

Pbu Actualizacion de haberes Movilidad Ley 27.426 Ley 27.609 Topes de haberes Costas Cpccn art. 68 Anses Seguridad social


¿Quién es el actor?

BUDEGUER FRANCISCO MANUEL (beneficiario que reclama reajustes y cuestiona actualización de PBU y aplicación de topes).

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Impugnación de actos administrativos relativos a actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) como componente del haber inicial, método de actualización de remuneraciones para cálculo del haber inicial, aplicación de topes de haberes (arts. 26 ley 24.241 y 9 ley 24.463), diferencias por movilidad relativas a enero/febrero 2021, retención del impuesto a las ganancias y costas.

¿Qué se resolvió?

Se difiere la redeterminación del valor de la PBU como componente del haber inicial para la etapa de ejecución; se difiere también para la ejecución el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; se revoca la resolución de grado que ordenaba aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual entre aumentos suspendidos y los efectivamente abonados en 2020; se revoca lo resuelto en torno a las costas en primera instancia imponiendo las costas al vencido de conformidad con el art. 68 del CPCCN cuando surjan sumas a favor del actor (o en el orden causado si no), y se confirma la sentencia apelada en lo demás que fue objeto de agravios. Se fijan costas por su orden en la Alzada y honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original): 1) "Por tales motivos corresponde rechazar la pretensión de la accionante y confirmar la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la PC, PAP e IB según corresponda, en base el método indicado en la ley 27.609 y concordantes." 2) "En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos 'Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios', Sala I, sentencia definitiva del expte. º25.085/2024 del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución." 3) "Las medidas adoptadas en relación a la movilidad no resultan susceptibles de descalificación, visto que la mentada emergencia fue definida por el Congreso Nacional... por lo que deviene improcedente aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 –base de cálculo para la movilidad consagrada en la ley 27609 (B.O. 4.01.2021)
- el pago de la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos abonados durante el año 2020 por ese concepto y los que hubieren correspondido en función de la ley suspendida y reemplazada." 4) "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencia: consta que el Sr. Juan A. Fantini Albarenque formuló una "opinión" y figura "(en disidencia parcial)" junto a su firma; la resolución final es la aquí transcripta y adoptada por mayoría.

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