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VALDIVIA MARIA ESTELA DEL VALLE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió apelación contra la sentencia que hizo lugar parcialmente a su demanda por reajustes varios y redeterminación del haber inicial. La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró desierto el recurso de la actora, hizo lugar parcialmente al recurso de la ANSeS disponiendo diferir para la etapa de ejecución la revisión del haber inicial de la PBU y la evaluación de topes, y confirmó la sentencia en lo demás, manteniendo la imposición de costas según lo resuelto.

Prestacion basica universal Pbu Topes de haberes Ejecucion Quiroga Costas Ley 27.423 Art. 68 cpccn Anses Redeterminacion de haberes


¿Quién es el actor?

VALDIVIA MARIA ESTELA DEL VALLE (parte actora).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios; redeterminación del haber inicial (PBU) y movilidad posterior, y cuestionamiento de aplicación de topes de haberes.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró desierto el recurso de apelación deducido por la parte actora; hizo lugar parcialmente al recurso interpuesto por la parte demandada y, por ello, a) diferir el análisis de la revisión del haber inicial de la PBU para la etapa de ejecución conforme “Quiroga”; b) diferir para la etapa de ejecución el cuestionamiento dirigido sobre aplicación de topes de haberes; c) confirmar lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado en los términos indicados, y confirmó la sentencia en lo demás que fue materia de agravios. Costas por su orden en la Alzada conforme arts. 68 CPCCN y 36 ley 27.423, con ajuste según surja de la liquidación.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "II. Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re “QUIROGA”, momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de esta Sala recaídos en los expedientes 38794/2010: “SADOFSCHI”, sentencia del 21 de octubre de 2021 y 73433/2010 “MARINATI”, sentencia del 14 de julio de 2022." "III. Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor." "IV. Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Voto particular / opinión dejada a salvo (no constituye la decisión mayoritaria): "La Dra. Nora C. Dorado, deja a salvo su opinión en torno a las siguientes cuestiones. Señaló que, para la PBU, conforme la doctrina de la CSJN en autos 'Quiroga Carlos Alberto c/ ANSeS s/Reajustes Varios', corresponde diferir su tratamiento para la etapa de ejecución... Por otro lado, en lo referente al método de cálculo se remite a los argumentos esgrimidos en autos 'Battipede Carlos Omar c/ANSeS s/Reajustes Varios'... Por último, para las costas indicó que, corresponde confirmar la sentencia apelada en cuanto resuelve la imposición a la demandada vencida..."

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