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REHERMANN ESPINO MARTHA RAQUEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó reajuste de su haber previsional y la inconstitucionalidad de normas de la ley 24.241 y conexas. El Juzgado hizo lugar parcial: declaró prescrita parte de la pretensión, ordenó recalcular el haber y pagar retroactivos según pautas fijadas (aplicando doctrina de la CSJN y jurisprudencia del fuero), impuso costas a ANSES y difirió cuestiones para ejecución.

Pbu Reajustes Retroactivos Prescripcion (art. 82 l.18.037) Ley 24.241 Ley 27.609 Inconstitucionalidad Resolucion sss 06/09 art.14.2 Intereses Anses


¿Quién es el actor?

REHERMANN ESPINO MARTHA RAQUEL (parte actora).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste y actualización del haber previsional (Prestación Básica Universal, Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia), inconstitucionalidad de artículos de las leyes 24.241, 24.463 y normas reglamentarias; petición de retroactivos.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la defensa de prescripción interpuesta por ANSES y, parcialmente, a la demanda: se ordena a ANSES recalcular el haber y abonar los retroactivos conforme a las pautas establecidas en el decisorio dentro de 120 días; se difiere el tratamiento del art. 9 de la ley 24.463 y la aplicación del fallo "Lohle" para la etapa de ejecución; el haber y las sumas favorables deberán abonarse íntegramente sin quita alguna; se imponen costas a la demandada; se difiere la regulación de honorarios para la ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): 1) "En relación a la cuestión de fondo, cabe recordar que en la determinación del haber mensual de la PBU no entran directamente en juego las remuneraciones del afiliado, sino que ésta está constituida por un monto fijo, determinado por el legislador en la ley 26.417 (B.O. 16/10/08)." 2) "…las remuneraciones actualizadas no deberán superar el monto máximo de la base imponible establecida en el artículo 9º de la ley 24.241, vigente a la fecha de cesación de servicios entendida en los términos definidos en el apartado 1". (sobre el artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09: "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto.") 3) "El interesado en la declaración de inconstitucionalidad de una norma debe demostrar claramente de qué manera ésta contraría la Constitución ... resultando insuficiente la invocación de agravios meramente conjeturales" (cita jurisprudencial utilizada para rechazar planteos genéricos). 4) "Por todo lo expuesto, y citas legales invocadas; FALLO: 1) Hacer lugar a la defensa de prescripción deducida en los términos del art. 82 de la ley 18.037 y parcialmente a la demanda interpuesta, en los términos expuestos en los considerandos precedentes; 2) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio dentro del plazo de 120 días (Conf. art. 22 de la ley 24.463)..." (parte dispositiva).
- Disidencias: no se registran votos en disidencia en el pronunciamiento transcripto.

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