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FANO HECTOR OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSeS solicitando el reajuste de su haber previsional por haberse tramitado su PBU bajo la ley 24.241 sin la debida actualización. El Juzgado Federal hizo parcialmente lugar a la demanda, ordenó el recálculo y pago del haber reajustado y retroactivos según las pautas fijadas (método Badaro/ISBiC y criterios de la CSJN) y rechazó varios planteos de inconstitucionalidad por falta de perjuicio concreto.

Pbu Reajuste previsional Anses Badaro Isbic (elliff) Confiscatoriedad 15% Inconstitucionalidad resol. sss 6/09 Recalculo de haber Retroactivos Prestaciones para autonomos


¿Quién es el actor?

Fano Héctor Óscar (parte actora, titular de la prestación adquirida el 27-10-2016).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU)/haber previsional y declaración de inconstitucionalidad de diversas normas (artículos de la ley 24.463, decretos y resoluciones que afectan movilidad y actualización).

¿Qué se resolvió?

Se hizo parcialmente lugar a la demanda; se dejó sin efecto la resolución administrativa impugnada; se ordenó a ANSeS recalcular el haber y abonar los retroactivos en 120 días conforme las pautas del decisorio; se difirió el tratamiento del art. 9 de la ley 24.463 para ejecución; las sumas deberán abonarse íntegramente sin quita y se impusieron las costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): 1) "En relación a la cuestión de fondo, cabe recordar que en la determinación del haber mensual de la PBU no entran directamente en juego las remuneraciones del afiliado, sino que ésta está constituida por un monto fijo, determinado por el legislador en la ley 26.417 (B.O. 16/10/08). ... Respecto de la solicitud de actualización de la P.B.U., atento a lo resuelto por el Alto Tribunal en el fallo 'Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes Varios, sentencia del 11 de noviembre de 2014, corresponde diferir el cálculo a los fines de verificar la confiscatoriedad para la etapa de ejecución (conf. C.S.J.N. in re “Actis Caporale”). ... ordénese la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) con el índice establecido en el precedente jurisprudencial: 'Badaro Adolfo Valentín' del 26.11.07 y luego los aumentos generales de ley y sus modificatorias, en la medida que la aplicación del mismo arroje una diferencia superior al 15% -respecto del monto total del haber
- y por la cual corresponde entonces se actualice la PBU y se proceda al pago de la misma." 2) "En virtud de lo señalado se deben aplicar tales precedentes en la determinación del haber inicial, considerando a tal efecto la totalidad de los aportes efectuados al sistema. ... Acorde con dicha doctrina, corresponde redeterminar el haber inicial del recurrente, tomando en cuenta la totalidad de los años con aportes acreditados, debidamente actualizados por el organismo previsional al momento de la solicitud de la prestación." 3) "El artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09 dispone que: '…las remuneraciones actualizadas no deberán superar el monto máximo de la base imponible establecida en el artículo 9º de la ley 24.241, vigente a la fecha de cesación de servicios...' Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto."
- Disidencias/relevantes en el fallo: No se registran votos en disidencia; la sentencia es de juez de primera instancia. Se difirió el examen del artículo 9 de la ley 24.463 para la etapa de ejecución.
- Otros pronunciamientos relevantes incluidos: Aplicación de índices y métodos: referencia a Badaro, ISBiC (Elliff) y a incrementos generales de leyes 26.417/27.426 según corresponda. Se declaró inaplicable la aplicación de topes cuando produzcan merma confiscatoria superior al 15% (en etapa ejecución se verificará). Declarada la inconstitucionalidad del art. 14.2 de la Resolución SSS 6/09 por exceder facultades reglamentarias. Orden de no practicar descuentos por Impuesto a las Ganancias sobre los retroactivos (cita jurisprudencia CSJN: "García María Isabel...").

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