MEDINA HUGO FERNANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamaron ajustes por la Prestación Básica Universal (PBU) y la exención del impuesto a las ganancias contra ANSeS. La Cámara Federal de la Seguridad Social pospuso el redeterminación de la PBU para la etapa de liquidación y confirmó la sentencia en los demás puntos, disponiendo además la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias y costas por su orden.
¿Quién es el actor?
MEDINA Hugo Fernando.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamos relativos a reajustes de la Prestación Básica Universal (PBU), y la aplicación/retención del impuesto a las ganancias sobre los haberes previsionales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, resolvió posponer el tratamiento de la PBU para la etapa de liquidación de sentencia y confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; además, se declaró la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias en casos de aristas similares y se impusieron costas por su orden en la Alzada y honorarios de la dirección letrada de la actora fijados en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas relevantes):
"En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos 'Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios', Sala I, sentencia definitiva del expte. º25.085/2024 del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución."
"Que respecto a la retención del impuesto a las ganancias, la CSJN ya se ha expedido en casos de aristas similares, como ser, in re 'García, María Isabel c/ A.F.I.P. s/ acción meramente declarativa de inconstitucionalidad', de fecha 26.3.19 (Fallos: 342:411)... por lo que corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido."
"Costas por su orden en la Alzada en atención a la forma que se resuelve, arts. 68 segunda parte del C.P.C.C.N. y 36 de la ley 27.423 (conf. CSJN, sentencia del 22.06.2023, in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo')."
"Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior, en atención a la calidad y extensión de las tareas desarrolladas y teniendo en cuenta las pautas de la ley 27.423 (art. 30)."
- Disidencias: No consta voto en disidencia en el bloque dispositvo; la resolución se expresa como acordada por mayoría.
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