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LEON OMAR SERGIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo por reajustes varios de prestaciones previsionales y actualización de la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social – Sala I revocó parte de la sentencia de grado (especialmente respecto de la aplicación de diferencias sobre haberes de enero y febrero 2021 y lo resuelto sobre el art. 2 de la ley 27.426), diferió otros planteos para ejecución y confirmó en lo demás, incluyendo la imposición de costas a la parte vencida.

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¿Quién es el actor?

LEON OMAR SERGIO (demandante de reajustes previsionales).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios: actualización de remuneraciones para cálculo de haber inicial, ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de la ley 27.609 y 27.426/art.2, reclamo de sumas extraordinarias/refuerzos/bonos, aplicación de topes y costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara resolvió parcialmente hacer lugar al recurso: diferir para la etapa de ejecución la determinación sobre la PBU como componente del haber inicial; revocar la decisión de grado que ordenaba aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual entre aumentos suspendidos y abonados en 2020; dejar sin efecto lo decidido sobre el art. 2 de la ley 27.426; diferir para ejecución el cuestionamiento sobre topes y sumas extraordinarias; confirmar lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado y confirmar la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios. Se fijaron costas por su orden en la Alzada y honorarios del apoderado de la actora en un 30% de lo que se estipule en la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Que por tales motivos corresponde rechazar la pretensión de la accionante y confirmar la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la PC, PAP e IB según corresponda, en base el método indicado en la ley 27.609 y concordantes." "En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos “Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios”, Sala I, sentencia definitiva del expte. º25.085/2024 del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución." "Que respecto del agravio vinculado al art. 2 de la ley 27.426 ... deviene abstracto el pronunciamiento acerca de la mentada disposición y por tanto corresponde revocar lo decidido." "Que ha de concluirse que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la norma sancionada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad manifiesta, por lo que no se encuentra vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN." Sobre sumas extraordinarias/refuerzos: "En tal sentido, para determinar la validez constitucional de las normas en juego y, eventualmente, adoptar un método para subsanar el daño atribuible a ellas, se deberá establecer, de manera concreta, qué incidencia ha tenido la ausencia de incrementos de las sumas reconocidas por cada decreto ... En los términos que anteceden corresponde admitir parcialmente la queja dirigida en torno a la percepción de las sumas extraordinarias ... y, en consecuencia, diferir para la etapa procesal oportuna la acreditación de los extremos señalados..." Sobre costas: "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423). Costas por su orden en la Alzada ..."
- Voto en reserva/diferente: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión en varios extremos y expresó criterios puntuales: respecto a la actualización de remuneraciones para el haber inicial propuso rechazar los agravios por falta de demostración de perjuicio; sobre la inconstitucionalidad de la ley 27.609 se remitió a precedentes y propuso diferir su tratamiento para ejecución; coincidió en imponer costas a la demandada vencida. Estas manifestaciones se consignan como disidencia parcial pero el acuerdo final es el que arriba se detalla.

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