Logo

MANSILLA ESTELA ALVIANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSeS solicitando el recálculo y reajuste de su prestación previsional por errores en la actualización de las remuneraciones computadas. El Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo lugar a la demanda, ordenó redeterminar el haber inicial y pagar las diferencias desde el 23/04/2023 con intereses; además declaró la inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463 en caso de merma superior al 15% y aceptó la excepción de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037.

Anses Reajuste de haberes Ley 24.241 Movilidad previsional Ley 27.426 Ley 27.609 Topes maximos Inconstitucionalidad art. 9 ley 24.463 Prescripcion art. 82 ley 18.037 Intereses por retroactivos.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Mansilla Estela Alviana (actora), titular de pensión derivada N° 15507825740. Demandado: A.N.Se.S. (Administración Nacional de la Seguridad Social). Objeto: Reajuste y recálculo del haber inicial de la prestación (ley 24.241), aplicación de pautas de movilidad correspondientes, pago de sumas retroactivas con intereses, y declaración de inconstitucionalidad de normas que limitarían el haber (topes máximos, art. 9 de la ley 24.463, entre otras). Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se ordenó a ANSeS redeterminar y reajustar el haber inicial conforme a las pautas fijadas en los considerandos y abonar las diferencias retroactivas con intereses desde el 23/04/2023 (dos años previos al reclamo administrativo). Se hizo lugar a la excepción de prescripción conforme al art. 82 de la ley 18.037. Se declaró la inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463 para el supuesto de que su aplicación provocara una merma superior al 15% respecto de los haberes calculados conforme a lo dispuesto en la sentencia. Se impusieron las costas a la demandada y se diferirió la regulación de honorarios para la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos significativos y citas textuales relevantes): "Por ende, y de conformidad con el criterio sustentado en los citados fallos del Alto Tribunal, corresponde declarar inaplicables la Res. 56/18 y el decreto 807/16 en su caso, y disponer la aplicación del mismo índice previsto en las mencionadas resoluciones nº 918/94, 63/94 y 140/95 (ISBIC) hasta el 28/02/2009 o hasta la fecha de adquisición del derecho si fuera anterior. En caso de que esta fuera posterior, a partir del 01/03/2009 se aplicarán las pautas de actualización establecidas en el art. 2º de la ley 26.417..." (considerando sobre actualización de remuneraciones). "Habiendo finalizado el 31/12/2020 la emergencia y suspensión de la movilidad dispuestas por la ley 27.541, entiendo que debe liquidarse a la actora el haber que hubiera correspondido de acuerdo con la ley 27.426 en los mensuales enero y febrero de 2021 y tomarse este último como base para adicionar el índice previsto en la ley 27.609 en marzo de 2021. Asimismo, se calcularán y abonarán las diferencias entre los montos percibidos y los resultantes de aplicar dichas pautas." (sobre efecto de la emergencia y cálculo de base para movilidad). "Por ello, y por razones de economía procesal, corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 9 inciso 3° de la ley 24.463 para el supuesto en que en la etapa de liquidación se acredite una disminución en el haber recalculado conforme a las pautas que se ordenan en la presente, que resulte confiscatoria, teniendo para ello en cuenta para ello la pauta de confiscatoriedad contemplada por la CSJN in re 'Actis Caporale...'" (sobre declaración parcial de inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463). "A las diferencias generadas a favor de la parte demandante, se aplicarán intereses que se calcularán desde que cada suma fue debida y hasta su efectivo pago, conforme a la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina" (sobre intereses). Disidencias: No hay votos en disidencia en el bloque dispositvo final; la decisión consignada es la que resuelve el Tribunal en grado. (Se consignan como fundamentos mayoritarios los precedentes invocados y las consideraciones expuestas.)

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar