CALETRIO RUBEN FERNANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Recurso contra la liquidación y parámetros de actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) reclamados por el actor frente a ANSeS. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I, confirmó la sentencia recurrida en lo resolvible respecto de los agravios, difirió para la ejecución el tratamiento de la actualización de la PBU y la impugnación sobre topes de haberes, y resolvió imponer costas según los parámetros indicados.
¿Quién es el actor?
CALETRIO RUBEN FERNANDO.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios relativos a la Prestación Básica Universal (PBU), cuestionamiento de parámetros de actualización de la PBU como componente del haber inicial, y debate sobre la aplicación de topes de haberes (art. 26 ley 24.241). También se discutió declaración de inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241 y la imposición de costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, diferió el tratamiento del planteo referido a la actualización de la PBU como componente del haber inicial para la etapa de ejecución; diferió asimismo el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes para la etapa de ejecución; confirmó lo resuelto respecto de las costas en la instancia de grado (imponiéndolas al vencido conforme art. 68 del CPCCN, con las salvedades previstas por art. 36 ley 27.423 según surja la liquidación); confirmó la sentencia recurrida en lo demás; y fijó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos y citas relevantes del fallo):
1) "En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos “Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios”, Sala I, sentencia definitiva del expte. º25.085/2024 del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución."
2) "Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
3) "Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa FCR 21049166/2011/CS1, in re “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo” (Fallos: 346:634), en la cual, en el marco de un proceso vinculado al reconocimiento de un beneficio de pensión por fallecimiento, ratificó la vigencia del artículo 36 de la ley 27.423. En este sentido sostuvo que '…se revoca la sentencia respecto de lo resuelto sobre las costas de la primera instancia y se la confirma en lo referente a las costas de la alzada y a la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del decreto de necesidad y urgencia 157/2018 …'."
4) "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencia: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque deja a salvo su opinión en torno a las costas de ambas instancias, manifestando que "las mismas habrán de imponerse a la demandada vencida (conf. Art. 68, párr. 1º del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación...)", opinión consignada como reserva pero que no altera la decisión mayoritaria.
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