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PALADINO VIVIANA ANDREA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

Amparo de afiliada contra ANSeS por descuentos del artículo 9 de la ley 24.463; el Juzgado declaró la inaplicabilidad del artículo 9 al caso y ordenó a ANSeS liquidar el beneficio sin la deducción, devolver las sumas descontadas con intereses y pagar las costas a la demandada.

Anses Amparo Ley 24.463 art. 9 Inaplicabilidad Regimen docente ley 24.016 Devolucion de descuentos Retroactivos con intereses Costas Liquidacion de beneficio Seguridad social

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: PALADINO VIVIANA ANDREA (actora, por apoderado). Demandado: ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS). Objeto: Se solicita declarar inaplicable la Circular ANSES PREV-05-0819 y la aplicación del artículo 9 de la ley 24.463 sobre su haber previsional (descuento de remuneración en actividad), y la devolución de las sumas retenidas por dicha norma con más intereses; se reclama asimismo la inconstitucionalidad/incorrecta aplicación del tope y la exclusión del régimen especial docente. Decisión: Se declaró la inaplicabilidad del art. 9 de la ley 24.463 para el caso concreto; se hizo lugar a la demanda de Paladino Viviana Andrea contra ANSeS; se ordenó al organismo que, dentro de 30 días, liquide el beneficio conforme lo ordenado y proceda a la devolución de las sumas descontadas con más sus intereses; se impusieron las costas a la demandada; se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "De las constancias administrativas ... se desprende que la accionante percibe un beneficio de jubilación Nº 14030530750, con fecha de alta 1/12/2025 PRESTACIONES DOCENTES LEY 24.241, al que se le efectúa una quita en el mensual en curso por aplicación del descuento Ley 24.463
- artículo 9-, de $72.309,10." "La Corte Suprema de Justicia de la Nación, se expidió en autos “Guzmán, Cristina c/ ANSeS s/ amparo
- ley 16.986', ... que las jubilaciones por servicios docentes ... deben considerarse incorporadas al régimen especial de la ley 24.016 ... y que, en consecuencia, ... el régimen jubilatorio de la ley 24.016 ha quedado sustraído de las disposiciones que integran el sistema general reglamentado por las leyes 24.241 Y 24.463..." "En tal inteligencia que la aplicación del art. 9 de la ley 24.463, resulta inaplicable a los beneficiarios de la ley 24.016 pues ella establece un porcentaje móvil sobre la remuneración en actividad, por lo cual la aplicación de topes o deducciones resulta contradictoria con la propia naturaleza del haber previsional reconocido." "En consecuencia, corresponde declarar la inaplicabilidad del tope del art. 9 de la ley 24.463 para el caso y ordenar al organismo previsional que abone la prestación en su totalidad, y desde la fecha de adquisición del derecho, por resultar abstracta la prescripción habida entre dicha fecha y la interposición de la demanda."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la resolución fue dictada por el Juez Federal Subrogante Ezequiel Pérez Nami como sentencia definitiva de primera instancia.

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