CUEVAS, PABLO EZEQUIEL c/ ASOCIACION MUTUAL SANCOR SALUD s/AMPARO LEY 16.986
Amparo por reincorporación de afiliados médicos presentado por P.E.C. contra Asociación Mutual Sancor Salud. La Cámara Federal de Tucumán hizo lugar al recurso de apelación de la demandada y revocó el pronunciamiento sobre costas, imponiendo las costas de primera instancia a la actora vencida por aplicación del principio objetivo de la derrota.
¿Quién es el actor?
P.E.C. (amparista).
¿A quién se demanda?
Asociación Mutual Sancor Salud.
- Objeto de la demanda: Acción de amparo para que la demandada reincorpore al actor y a su hijo menor como afiliados.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Tucumán hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra el punto II) de la sentencia de fecha 14/11/2025, revocó ese pronunciamiento y modificó la imposición de costas de primera instancia, imponiéndolas a la actora vencida; asimismo se impusieron las costas de la Alzada conforme se considera.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"De los agravios del recurso presentado por la demandada, se desprende que la misma se agravia atento que se ordenan las costas por su orden, aun cuando no se observó que haya existido alguna acción u omisión imputable a su parte que perjudique los derechos fundamentales del actor, al no haberse demostrado que haya existido una causa legítima para iniciar esta acción. En consecuencia, se agravia que el a quo se haya apartado del principio objetivo de la derrota, cuando se corroboró que el actor no tenía razones valederas para iniciar la presente acción y un así, se aventuró a iniciar la presente acción, generando con ello, un dispendio jurisdiccional incensario."
"Conforme surge de autos, y atento a lo resulto, la parte actora inició la presente causa, a los fines que la demandada -Sancor Salud
- reincorporase, tanto a él como a su hijo menor de edad dentro de sus afiliados. Asimismo, se corroboró, mediante probanzas, aportadas por ambas partes, que efectivamente, el actor omitió en su declaración jurada -21/07/23
- poner en conocimiento la patología que presentaba su hijo menor."
"Es por ello que, este Tribunal considera que los argumentos expuestos por la demandada a los fines de que se revoque la forma de imposición de costas, resultan suficientes para modificar las mismas. Es por ello que, corresponde hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y, en consecuencia, revocar el punto II) de la sentencia de fecha 14 de noviembre de 2025, modificando la mismas e imponer las costas de primera instancia a la actora vencida, en virtud del principio objetivo de la derrota."
- Votos en minoría/disidencias: No consta disidencia en el acuerdo; la resolución se adoptó con las firmas de los Dres. P. M. Moltini y M. R. Leal (el Dr. Ricardo Mario Sanjuan se hallaba en uso de licencia).
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