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ARCA c/ GRANJA MODELO GIRASOLES S. R. L. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

ARCA (ex AFIP) promovió ejecución fiscal contra GRANJA MODELO GIRASOLES S.R.L. por una deuda fiscal. El Juzgado Federal ordenó la ejecución hasta hacer efectivo pago de $11.038.975,93 más intereses y costas y dispuso que la actora practique la liquidación de la deuda por seguridad jurídica.

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¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.).

¿A quién se demanda?

GRANJA MODELO GIRASOLES S.R.L.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal para el cobro de la suma de $ 11.038.975,93, con más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó llevar adelante la ejecución contra GRANJA MODELO GIRASOLES S.R.L. hasta hacerse íntegro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO de la suma reclamada ($ 11.038.975,93) con más sus intereses y las costas del presente proceso; además, se ordenó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada; y se protocolice, registre, notifique y publique.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 11038975.93, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio.- Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada.- Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota.- Por ello, RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución contra GRANJA MODELO GIRASOLES S. R. L., hasta hacerse integro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO, de la suma de $ 11038975.93, con más sus intereses y las costas del presente proceso –art. 70 del CPCCN.
- 2) En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ...; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada.
- 3) PROTOCOLICESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y PUBLIQUESE.-"
- Votos en disidencia: No consta disidencia en el dispositivo; la resolución es dictada por la Juez Federal firmante.

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