Incidente Nº 7 - IMPUTADO: ESTRADA GONZALEZ , FERNANDO s/INCIDENTE DE BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
La defensa de Fernando Estrada Gonzáles interpuso recurso de casación contra el rechazo del beneficio de litigar sin gastos. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso por inexistencia de cuestión federal debidamente fundada y confirmó la imposibilidad de intervenir en alzada, sin costas.
¿Quién es el actor?
Defensa de Fernando Estrada Gonzáles (Defensora Pública Coadyuvante que asiste al imputado).
¿A quién se demanda?
Tribunal Oral en lo Criminal Federal n.º 3 de la CABA (resolución recurrida) / intervención del Tribunal de alzada.
- Objeto de la demanda: Impugnación de la resolución que rechazó el beneficio de litigar sin gastos en favor de Fernando Estrada Gonzáles; se solicitó casación invocando los incisos 1° y 2° del art. 456 del CPPN y reserva del caso federal.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa de Fernando Estrada Gonzáles, sin costas en la instancia, y tuvo presente la reserva del caso federal efectuada. Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "En tal contexto, en el caso en estudio se advierte que la decisión objeto de impugnación no cumple con el requisito de impugnabilidad objetivo, previsto en el art. 457 del CPPN. Ello, toda vez que no constituye sentencia definitiva –ya que no pone fin a la acción ni a la pena, no hace imposible que continúen las actuaciones ni deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena– ni resulta equiparable a definitiva en los términos de la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Fallos: 328:1108, 335:794, 334:1691)." "Ello revela, en definitiva, la ausencia de una cuestión federal debidamente fundada que habilite la intervención de esta alzada en su carácter de tribunal intermedio. Por ello, entiendo que corresponde declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa de Fernando Estrada González, sin costas en la instancia (arts. 530 y 531 in fine del CPPN). TÉNGASE PRESENTE la reserva del caso federal efectuada." Votos: Los Dres. Gustavo M. Hornos (voto que abre el acuerdo y fundamenta la inadmisibilidad), Javier Carbajo y Mariano H. Borinsky adhirieron a las consideraciones y a la solución propuesta. No hubo disidencia.
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