PEREIRO MIGUEL ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó el actor el reajuste de haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas aplicadas por ANSeS. El Juzgado Federal hizo lugar parcialmente, ordenó a ANSeS recalcular y actualizar el haber en 120 días, diferir el tratamiento de la ley 27.609 para ejecución, y condenó en costas a ANSeS y honorarios al abogado actor.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Pereiro, Miguel Alberto (actor nombrado en autos EXP Nº 40867/2025).
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
Objeto: Reajuste y redeterminación de haberes previsionales (pensión directa) asignados por ANSeS conforme ley 24.241; impugnación de topes, aplicación de movilidad y declaración de inconstitucionalidades relacionadas (art. 9 y 25 ley 24.241, art. 14.2 Res. SSS 6/09, ley 27.609).
Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Ordenó a ANSeS, dentro de 120 días desde que exista sentencia firme, recalcular el haber inicial conforme los lineamientos del fallo; actualizar el haber recalculado con la movilidad que el decisorio determina; abonar los haberes actualizados y las acreencias retroactivas con los intereses fijados; difirió el tratamiento de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; condenó en costas a ANSeS y reguló honorarios (15% sobre el crédito que resulte a favor del reclamante, con reglas complementarias).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) "La parte actora promueve demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social. Solicita se practique el reajuste de los haberes previsionales asignados por la demandada en el marco de la ley 24.241, ataca la constitucionalidad de las normas atinentes, efectúa la reserva del caso federal, y peticiona la condena pagando las diferencias resultantes."
2) "Por lo expuesto, citas legales y jurisprudenciales, RESUELVO: 1) Hago lugar parcialmente a la demanda interpuesta y en consecuencia, ordeno a la A.N.Se.S. que en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme en autos -considerando que las actuaciones administrativas se encuentran en poder de la demandada
- proceda al recalculo del haber inicial asignado, de conformidad con los lineamientos fijados en los considerandos."
3) "b) Sobre el pedido de inconstitucionalidad del art. 14.2 de la Resolución SSS 6/09, debo decir que... Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto."
4) "8. En lo concerniente a los intereses a aplicar se liquidarán conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina, me remito al precedente de la Excma. CSJN en autos “Spitale, Josefa Elida c/Anses s/impugnación de resolución” del 14/09/04 y “Cahais, Ruben Osvaldo c/Anses s/reajustes varios” del 18/04/2017."
- Disidencias: no se registran votos en disidencia; el fallo es de un solo juez de primera instancia.
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